La segunda ola de Covid-19
Entraron en vigencia las nuevas medidas de restricción para el AMBA
El Gobierno publicó esta medianoche en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia con las medidas dispuestas para el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA) para combatir la segunda ola de coronavirus. El DNU 241 lo dispuso el presidente Alberto Fernández para endurecer las restricciones y tiene vigencia entre el 16 y el 30 de abril.
El mismo dispone la suspensión de Centros comerciales y shoppings; de las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados; locales comerciales entre las 19 y las 6 del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno; locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) entre las 19 y las 6 del día siguiente -luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery y “para llevar” (take away) y entre las 6 y las 19 sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre-.
También se dispone la ampliación de restricción para circular entre las 20 y las 6 del día siguiente; la restricción en ámbito educativo al suspenderse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles en el período comprendido entre los días lunes 19 de abril y 30 de abril inclusive.
El miércoles Alberto Fernández comunicó las restricciones y remarcó que “el problema del contagio no está en las fábricas ni en los negocios, sino que está en las reuniones sociales”.
En ese sentido, el Presidente explicó que el cierre de la nocturnidad que decretó la semana pasada tenía el objetivo de “evitar que después del trabajo la gente se relaje, genere encuentros y se contagie”, ya que “el problema es el descuido individual de cada uno”.
Debido a la suba de los casos de coronavirus y el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva, lamentó que el esfuerzo realizado hasta el momento “parece insuficiente”.
“Buscamos evitar el encuentro social, recuperar el distanciamiento, bajar la circulación y de ese modo volver a ganar tiempo para que las camas de terapia intensiva que hoy están siendo utilizadas por otras patologías vuelvan a reservarse para la atención del Covid-19, en un momento donde el aumento de los contagios es sostenido”, indicó, al tiempo que afirmó que el sistema sanitario “se relajó”, frase que generó polémica y repudio de distintos sectores políticos y sociales.
Los siguientes son los puntos salientes del DNU firmado por el presidente Alberto Fernández, con vigencia del 16 al 30 de abril.
Se suspenden:
Centros comerciales y shoppings.
Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery y “para llevar” (take away).
Entre las 6 y las 19 horas sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
Ampliación de restricción para circular
De 20 hs. a 6 hs. del día siguiente.
Restricción en ámbito educativo
Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles en el período comprendido entre los días lunes 19 de abril y 30 de abril inclusive.
El DNU
DA
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