Apertura de fronteras: cómo tramitar la Visa de Reunificación Familiar
La Dirección Nacional de Migraciones (DNM), dependiente del Ministerio del Interior dispuso habilitar nuevamente la reunificación familiar, trámite que permitirá el ingreso al territorio nacional de extranjeros que sean familiares directos de argentinos y que puedan, con la documentación correspondiente, acreditar tal circunstancia.
Desde el Ministerio de Turismo también pusieron el foco en la entrada de los argentinos que actualmente se encuentran varados fuera del país en consecuencia a las restricciones fronterizas impuestas a fines de junio. El ingreso al país deberá ser de manera escalonada, por eso se dispuso un cupo límite diario de ingresantes.
A partir del sábado 7 de agosto, dentro del nuevo período llamado “Etapa de Protección”, podrán entrar al país 1.700 personas por día, número mucho mayor al permitido actualmente.
El Gobierno fue flexibilizando el cupo, en forma paulatina. Así fue el cronograma semanal del último mes:
- 5.200 personas para la semana del 10/7/2021 al 16/7/2021
- 6.300 personas para la semana del 17/7/2021 al 23/7/2021
- 7.000 personas para las semanas del 24/7/2021 al 30/7/2021
- 7.000 personas para la semana del 31/7/2021 al 6/8/2021
- 11.900 personas para las próximas semanas, entendiendo que entran por día 1.700
El regreso del turismo extranjero quedará relegado para una segunda etapa de aperturas.
Visa por Reunificación Familiar
Las visas por reunificación familiar están disponibles para el cónyuge, hijo o progenitor de un ciudadano argentino nativo, naturalizado o por opción. También pueden solicitar esta visa los extranjeros que sea cónyuges, progenitores o hijos menores de 18 años (o mayor con discapacidad) de un extranjero con residencia permanente.
Para iniciar el trámite de visa, se deberá tomar contacto con la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero con el fin de concertar una cita y coordinar la presentación de la documentación.
Algunos de los requisitos para solicitarla son:
- Partida relativa al estado civil de las personas, exigible según el vínculo invocado (partida de nacimiento para hijos y progenitores / partida de matrimonio en caso de cónyuges). Si se tratara de un documento no emitido por la República Argentina, el mismo debe estar apostillado/legalizado
- Constancia de residencia habitual en la jurisdicción del Consulado (mediante presentación de boleta de servicios u otra documentación probatoria)
- Formulario de solicitud de visa completo y firmado por el solicitante
- DNI y certificado de domicilio del familiar argentino o residente permanente
- Pago de la tasa migratoria
MGF
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