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Polémica decisión

Beneficio de Milei a organizaciones evangélicas: invocaron la objeción de conciencia para no pagar aportes sindicales

Rodolfo Barra, procurador del Tesoro.

María Cafferata

1 de enero de 2025 00:01 h

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Para la Procuración del Tesoro de la Nación, que conduce Rodolfo Barra, una organización religiosa puede ampararse en el derecho de objeción de conciencia para no cumplir con el pago de contribuciones sindicales. Así lo reconoció en un dictamen en donde hace lugar a un reclamo de una congregación evangélica, llamada Reuniones Evangélicas Argentinas, que denuncia que cumplir con las contribuciones a los sindicatos contradice su doctrina de fe. Un precedente que, de ejecutarse, podría abrirle la puerta al desfinanciamiento de las organizaciones sindicales.

La decisión del cuerpo de abogados del Estado fue una respuesta a un pedido realizado por la Secretaría de Trabajo, el organismo al que le había llegado la presentación de Reuniones Evangélicas Argentinas. Esta organización evangélica, minoritaria, que cuenta con un reducido número de feligreses —solo 320 personas estarían afectadas en su derecho de libertad religiosa, según admiten— argumentaba que la obligación de contribuir con los sindicatos iba directamente en contra de los mandatos de su fe. Un mandato que, sostienen, prohíbe terminantemente cualquier tipo de asociación o participación en organizaciones “que difieran de la propia Iglesia o el Estado”.

Fue así que Rodolfo Barra, junto al resto de la Procuración del Tesoro Nacional, decidió intervenir y emitió un dictamen —publicado la semana pasada— que respalda, echando mano a fallos de la Corte Suprema y tratados internacionales, la necesidad de una “adecuación” del ordenamiento legal actual.

En concreto, la iglesia evangélica solicita poder exceptuar a empleados y empleadores de la congregación en el cumplimiento de las contribuciones atadas a sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo. Son varios convenios, que incluyen a la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), a los empleados de Comercio, a la Construcción, Camioneros, entre otros. 

En la práctica, lo que hace es avalar, por ejemplo, el no pago de la cuota sindical del 2% del salario para los trabajadores no afiliados de la UOM. Todo bajo el argumento de que esta “adecuación” no pone en riesgo “el normal funcionamiento de las asociaciones sindicales” y, en cambio, protege “la libertad de conciencia religiosa”. Y lo hace basándose en dos antecedentes: la objeción de conciencia para participar del servicio militar obligatorio y en la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Con un desliz: cuando se refiere a la Ley IVE la define como “el aborto como supresión voluntaria de una vida humana”.

Desfinanciamiento de las organizaciones sindicales

“Hay que leer el dictamen en un contexto general, desde el DNU 70/2023 (el megadecreto que dictó Javier Milei a los pocos días de asumir en la Presidencia) hasta [el texto original de] la Ley de Bases original. Lo que se busca es cuestionar la validez de los aportes solidarios, lo que se busca es desfinanciar a los sindicatos. Esto sienta un precedente complejo”, explica el abogado laboralista y asesor sindical, Álvaro Ruiz, resaltando una continuidad que repetirán varios de los especialistas consultados por elDiarioAr: el dictamen de la Procuración como un nuevo intento, más curioso y rebuscado, de avanzar contra las cuotas solidarias a los sindicatos.

En el DNU 70, Milei intentó avanzar en este sentido, proponiendo introducir la obligatoriedad de un consentimiento explícito del trabajador como condición para que se le retuviera la parte del sueldo destinada a la cuota solidaria. Esta reforma, sin embargo, fue impugnada judicialmente por la CGT y nunca fue puesta en práctica.

El Gobierno llevó el amparo de la CGT a la Corte Suprema de Justicia, que todavía no se expidió. Pero, curiosamente, no lo hizo solo: entre los amicus curiae que se presentaron junto al Estado aparecía, una vez más, la organización Reuniones Evangélicas Argentinas. “No tenemos ninguna relación especial con la organización”, informaron desde el gobierno nacional. La congregación evangelista, en cambio, no respondió a las consultas de este medio.

El Gobierno, luego, volvió a intentarlo con la Ley de Bases, pero lo quitó del proyecto final luego de varias reuniones con representantes de la CGT. “Esta es una vía más rebuscada y acotada de lo que ya intentaron hacer. Están abriendo una puerta, no es más que otro mecanismo para empezar a horadar el financiamiento de las organizaciones sindicales, que se sustentan por el aporte de los afiliados y por los aportes que hacen el resto de los no afiliados por el hecho de firmar un convenio colectivo y beneficiarse de las negociaciones salariales”, explica Luis Campos, investigador del Instituto de Estudios y Formación de la CTA Autónoma. 

Campos vincula, además, el dictamen de la Procuración del Tesoro con un fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos que, en 2018, determinó que un grupo de trabajadores públicos no podía ser obligados a contribuir con la organización sindical que los representaba en las negociaciones colectivas. “En ese caso la cláusula que afectaba era la libertad de expresión. Acá es la objeción de conciencia. Pero que sea una organización religiosa es indistinto a los efectos de lo que buscan, que es decirle a la Secretaría de Trabajo que, cuando homologuen acuerdos paritarios, tengan en cuenta a los objetores de conciencia”, agrega el investigador de la CTA.

El dictamen de la Procuración abre, así, un interrogante en plena faena de negociaciones paritarias en varias actividades. Especialmente cuando el Gobierno se rehúsa a aceptar acuerdos salariales superiores al 1% mensual, abriendo numerosos conflictos con sindicatos que, como Camioneros, cerraron acuerdos más beneficiosos. “Esto va a marcarle la cancha a la Secretaría de Trabajo, que le va a dar más argumentos para poder objetar acuerdos salariales”, advierte Ruiz, que observa que el dictamen profundizará las trabas en el proceso natural de homologación de los convenios colectivos de trabajo.

¿Cómo? Planteando la posibilidad de que puede haber afiliados que son objetores de conciencia que no desean pagar la cuota solidaria. El dictamen, sin embargo, es una recomendación que el equipo de abogados que comanda Barra le hace al Ministerio de Capital Humano. “Nosotros aportamos elementos en base a la visión constitucional que tiene el procurador elegido por el presidente. Pero lo que pase con el dictamen ahora depende de Capital Humano”, explicaron desde la Procuración del Tesoro.

Los especialistas consultados por este diario afirman, de todos modos, que solo es cuestión de tiempo para que la Secretaría de Trabajo, que forma parte del Ministerio de Capital Humano, utilice el dictamen como insumo. En ese caso, el sindicato de Camioneros, por ejemplo, podría verse afectado, ya que la organización Reuniones Evangélicas Argentinas cuenta con trabajadores en la actividad. Y no solo trabajadores. Ya que el pedido de la iglesia evangélica refiere tanto a empleados como a empleadores. Es decir que si el dueño de la empresa transportista integra la congregación todos los trabajadores podrían verse afectados con su decisión de, por ejemplo, rehusarse a hacer el aporte a la obra social del sindicato.

“Acá se trata de intereses de terceros, que son el conjunto de los trabajadores que contribuyen al sujeto colectivo que es el sindicato que podrían verse afectados por el conflicto de objeción de conciencia de unas trescientas personas”, insiste Ruiz.

Los sindicatos consultados por este medio, mientras tanto, calificaron la resolución de “absurda”. “Buscan violar la ley. No es otra cosa. Es como si alguien invoque ‘objeción de conciencia’ para no pagar IVA o el impuesto a las Ganancias. No es serio. Parece un acuerdo concertado entre la organización, a la que le suben el precio, y el gobierno para sentar un precedente”, apuntó el secretario general de la CTA, Hugo Yasky.

MC/JJD

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