El Sistema Nacional del Manejo del Fuego pasa a la órbita de Seguridad y queda en manos de Patricia Bullrich
A través de un decreto que se publica este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno volvió a modificar la Ley de Ministerios para que el Sistema Nacional del Manejo del Fuego (SNMF) deje la Subsecretaría de Ambiente y quede desde ahora bajo la órbita de la cartera de Seguridad que conduce Patricia Bullrich.
De acuerdo al decreto modificatorio, el Sistema Federal de Manejo del Fuego “tiene como objetivos generales proteger y preservar el medio ambiente del daño generado por los incendios, velar por la seguridad de la población en general y de las personas afectadas al combate de incendios y establecer mecanismos para una eficiente intervención del Estado en las situaciones que involucren o demanden acciones y operaciones de prevención, presupresión y combate de incendios que aseguren el adecuado manejo del fuego.
Además, detalla que tiene también es responsable de “establecer mecanismos para un eficiente manejo del fuego en defensa del ambiente, coordinar y asistir técnica y operativamente a los organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, competentes en las tareas del manejo del fuego, con la finalidad de promover una organización federal eficiente y capaz de dar respuesta adecuada en los distintos niveles de contingencia, propiciando ámbitos regionales de actuación y la concientización de la población acerca del impacto de los usos del fuego, fomentando el cambio de los hábitos perjudiciales para el ambiente”.
Entre los fundamento, recuerda que en 2016, la Ley 27287 aprobada en el Congreso, se creó el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil, “el cual tiene como finalidad la protección integral de las personas, las comunidades y el ambiente ante la existencia de riesgos”, además de “integrar las acciones y articular el funcionamiento de los organismos del Gobierno Nacional, los Gobiernos provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales, las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil, para fortalecer y optimizar las acciones destinadas a la reducción de riesgos, el manejo de la crisis y la recuperación”.
Entencés, a través del decreto, el Gobierno considera que de acuerdo a “las competencias asignadas al Ministerio de Seguridad y los objetivos y finalidades asignados a los precitados Sistemas resulta necesario adecuar las competencias asignadas a dicho Ministerio” y que, con el fin de lograr una mayor eficiencia en el funcionamiento del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil resulta necesario que el Servicio Nacional de Manejo del Fuego forme parte del mismo“.
Qué es el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo
El Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo (SINAGIR) fue creado en octubre de 2016 tras la sanción de la Ley 27287. El mismo, está integrado por el Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil, el Consejo Federal de Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil, la Secretaría Ejecutiva y la Red de Organismos Científico Técnicos para la Gestión del Riesgo de Desastres (Red GIRCyT).
Objetivo
Tiene como objetivo integrar acciones y articular el funcionamiento de los organismos del Gobierno nacional, los Gobiernos provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales, las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil, para fortalecer y optimizar las acciones destinadas a la reducción de riesgos, el manejo de la crisis y la recuperación.
Finalidad
El SINAGIR tiene como finalidad la protección integral de las personas, las comunidades y el ambiente ante la existencia de riesgos.
¿Qué es y cómo funciona el Servicio Nacional de Manejo del Fuego?
El Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF) es el organismo encargado de la coordinación de los recursos requeridos para el combate de incendios forestales, rurales o de interfase.
El SNMF es responsable de coordinar al Sistema Federal de Manejo del Fuego, un sistema conformado por el propio SNMF, la Administración de Parques Nacionales, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que está a cargo de las acciones de manejo del fuego en todo el país. Sus funciones principales son:
- Prevención y alerta
- Combate de incendios
- Evaluación de daños y acciones de recomposición y restauración
Niveles de actuación
De acuerdo con la ley 26.815, el combate de incendios se estructura en tres niveles operativos:
- Nivel 1. Actuación jurisdiccional. Frente a la fase de ataque inicial de todo incendio, es la autoridad jurisdiccional la responsable de llevar a cabo las tareas de control del fuego.
- Nivel 2. Actuación regional. Si la autoridad jurisdiccional considera que su capacidad de respuesta se encuentra comprometida o agotada, puede solicitar apoyo regional, eso significa movilizar personal, materiales y equipos provenientes de las demás jurisdicciones que integran la región.
- Nivel 3. Actuación extrarregional. Cuando la magnitud del incendio supera el apoyo regional, se pide ayuda a la Central Nacional para afectar recursos de otras regiones. Los recursos pueden ser brigadistas, aviones hidrantes, helicópteros, camionetas y otros vehículos.
A ellos se suma el apoyo al combate, de naturaleza meteorológica, a través de pronósticos, reportes y otros informes especialmente elaborados para incendios activos.
Estructura
Para la articulación de recursos y tareas, se divide al país en seis regionales o áreas operativas, las cuales son atendidas, de acuerdo a los requerimientos pertinentes, por equipos aéreos y terrestres. La lucha contra incendios es llevada a cabo en forma coordinada por todas las instituciones adherentes municipales, provinciales y nacionales. De acuerdo a la época del año en que se registran los incendios más críticos, cada regional cuenta con un coordinador o coordinadora dependiente de la Subsecretaría de Ambiente de la Nación.
Obligaciones de las y los ciudadanos
Al tomar conocimiento de un incendio en un bosque o campo, las y los ciudadanos tienen la obligación de hacer la denuncia ante la autoridad más cercana.
Para prevenir incendios, deben extremar el cuidado de los bienes naturales cuando utilizan fuego, respetando las prohibiciones y limitaciones establecidas.
Las personas que poseen tierras en las zonas afectadas por el fuego:
- Deben permitir los trabajos preventivos y de combate que determine la autoridad, tales como: vías de acceso, depósitos de agua, zona de aterrizaje de helicópteros, etc.
- En caso de emergencia, tienen la obligación de colaborar con el personal de lucha contra incendios que puede decomisar bienes y ocupar temporalmente el campo para extinguir el fuego.
- Deben elaborar e implementar planes de protección que tienen que ser aprobados por la autoridad.
Zonas incendiadas - prohibiciones
Bosques nativos o implantados - áreas naturales protegidas - humedales
En caso de incendios provocados o accidentales que quemen vegetación viva o muerta está prohibido durante 60 años contados desde la extinción del incendio:
- Realizar modificaciones en el uso y destino que esas superficies tenían antes del incendio.
- Dividir o subdividir, lotear, fraccionar, parcelar o hacer cualquier emprendimiento inmobiliario distinto al arrendamiento y venta en tierras particulares. La división y subdivisión está permitida en caso de partición hereditaria.
- Vender, dar en concesión, dividir, subdividir, lotear, fraccionar, parcelar o hacer cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento, en tierras fiscales.
- Realizar cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tenia al momento del incendio.
Se establecen estas prohibiciones para garantizar las condiciones para que se restauren las superficies incendiadas.
Esta prohibición puede extenderse si lo indica el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la jurisdicción correspondiente.
Zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales - áreas con estructuras edilicias que se entremezclan con vegetación fuera del ambiente urbano o estructural
En caso de incendios provocados o accidentales que quemen vegetación viva o muerta está prohibido durante 30 años contados desde la extinción del incendio:
- Realizar emprendimientos inmobiliarios.
- Realizar cualquier actividad agropecuaria distinta al uso y destino que la superficie tenía antes del incendio.
- Modificar el uso de la superficie para desarrollar prácticas agropecuarias intensivas.
Se establecen estas prohibiciones para garantizar las condiciones para que se restauren las superficies incendiadas.
Sanciones
¿Qué responsabilidad tiene el que produce un daño ambiental a causa de un incendio?
Tiene la obligación de recomponer las áreas incendiadas para su recuperación y en caso de que no fuera posible, la justicia fija una indemnización.
¿En qué casos se viola esta ley?
Cuando, por ejemplo:
- En el interior de bosques y pastizales se lleva o se enciende fuego cuando no está permitido.
- No se cumple con la obligación de dar aviso a la autoridad más cercana de la existencia de un foco de incendio.
- Se enciende fuego o se realiza quemas sin autorización.
- Se impide o dificulta el accionar del personal combatiente de incendios en terrenos de propiedad pública o privada.
¿Qué sanciones pueden corresponder?
Pueden ir desde apercibimiento, multa, pérdida de concesiones, etc.
Reportes y pronósticos
El SNMF produce un reporte diario que registra de manera gráfica el estado de situación y los recursos desplegados para el combate de incendios en el país. A su vez, elabora alertas, pronósticos e informes técnicos que responden a la implementación de políticas preventivas y de apoyo regional.
Estos productos se generan mediante la aplicación de modelos, softwares y análisis de información meteorológica y satelital, proveniente de entidades oficiales nacionales como el Servicio Meteorológico Nacional (SMN), la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE), el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), e internacionales como la National Aeronautics and Space Administration (NASA) y modelos meteorológicos globales como el Global Forecast System (GFS), entre los más relevantes.
Reporte diario. Es un resumen informativo gráfico, de publicación diaria, que reporta el estado de situación de los distintos focos de incendio registrados en el país y los recursos desplegados por el SNMF a pedido de las jurisdicciones afectadas. Leé más
Mapa de peligro de incendios. Muestra condiciones de peligro de incendio por variables meteorológicas para el día + 24, 48 y 72 hs. Orienta sobre la posibilidad que un incendio se inicie y la dificultad para su control. Leé más
Ocurrencia de incendios. Es un informe técnico elaborado a partir de la base de datos de incendios reportados por las jurisdicciones. Incluye fecha de inicio, finalización, ubicación geográfica, recursos humanos y logísticos afectados, superficie, vegetación y causas. Alimenta la base de datos histórica y ayuda a identificar, a escala regional, información como temporadas de incendios, áreas con incendios recurrentes analizadas a distintas escalas temporales, entre otras. Leé más
Alerta temprana. Reporte mensual que presenta un análisis integrado de la evolución estacional de variables que afectan las condiciones de peligrosidad. El informe analiza los próximos tres meses y se ajustan tendencias mes a mes. Los escenarios se describen para cada regional. Se elabora mediante el análisis integral de información, recabada durante el mes anterior a la emisión del informe y las proyecciones para el trimestre siguiente. Leé más
Avisos y alertas de peligro de incendios Identifica gráficamente áreas con condiciones críticas de peligro, en base a umbrales de los códigos e índices que componen el Sistema FWI, fenómenos meteorológicos de escala sinóptica, y/o marcada tendencia creciente de la cantidad de focos de calor, previstos para el periodo de vigencia del informe. Se carga en el sitio web del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo (SINAGIR) y se notifica semanalmente a las distintas regionales. Leé más
Evolución del índice de carga de combustible disponible (BUI), del inglés Build Up Index. Indica la cantidad de combustible vegetal disponible y orienta respecto a la dificultad para el control de incendios.
El SNMF elabora también reportes e informes técnicos a demanda de las jurisdicciones, entre ellos, pronósticos meteorológicos especiales para incendios activos, un seguimiento georreferenciado de focos de calor, un informe de superficies quemadas y el pronóstico regional de apoyo a la prevención y a la presupresión.
Con información de agencias.
IG
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