Segmentación de Tarifas
Subsidios a la luz y el gas: extendieron el plazo de inscripción
La Secretaría de Energía extendió a partir de este 1° de agosto el plazo del proceso de inscripción para acceder a los subsidios a la energía eléctrica y al gas natural que había cerrado este domingo, de acuerdo con lo informado por la Secretaría de Energía.
Si bien la inscripción al Registro de Accesos a los Subsidios a la Energía (RASE) tenía como fecha de cierre el 31 de julio, Energía resolvió que “desde el 1 de agosto el formulario de inscripción va a permanecer abierto para todas aquellas personas que aún no se hayan inscripto, independientemente del número de DNI”.
Por otra parte, los nuevos cuadros tarifarios para ambos servicios, establecidos a partir de este mes, comenzarán a regir una vez se hayan publicado las respectivas resoluciones en el Boletín Oficial, lo cual se espera que suceda en los próximos días.
Los aumentos de luz y gas solamente serán aplicados a los usuarios del nivel 1, de mayores ingresos, y a aquellos que no hayan completado el formulario de inscripción al RASE, en tanto los niveles 2 (ingresos medios) y 3 (menores ingresos) no tendrán ninguna modificación respecto de la tarifa que estaban abonando.
¿Cómo queda el cuadro tarifario?
Los usuarios del nivel 1 comenzarán a pagar la tarifa plena (sin subsidios) de manera gradual en un proceso que culminará a fin de año y que reflejará un incremento promedio de $1.200 mensuales a partir de septiembre hasta completar unos $3.500 desde enero de 2023.
Esta franja de usuarios deberá reunir al menos una de estas condiciones: ingresos mensuales netos superiores a 3,5 Canastas Básicas Totales (actualmente $ 364.758,80), ser titular de tres o más automóviles con antigüedad menor a 5 años, de tres o más inmuebles, de una o más aeronaves o embarcaciones de lujo o de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
Los usuarios de menores ingresos, adheridos a la tarifa social, ya tuvieron en el primer semestre un incremento total del 21,6%, equivalente al 40% de la evolución del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año pasado.
Los usuarios de esta franja tienen ingresos inferiores a una CBT ($ 104.216,80), un integrante en el hogar con certificado de vivienda del Renabap (Registro Nacional de Barrios Populares), un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado y al menos un integrante con Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Si entre los integrantes del hogar hay al menos uno que posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente, los ingresos totales para ser incluido en el nivel 2 se elevará al equivalente a 1,5 CBT ($ 156.325,20).
Por otra parte, a los usuarios de ingresos medios les aplicarán un aumento total de 42,7% (80% del CVS de 2021). En este caso, para ser incluidos en el nivel 3 no tendrán que reunir las características de los otros dos niveles, salvo que se trate de usuarios el nivel 2 pero sean propietarios de 2 o más inmuebles o de un vehículo de hasta 3 años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Los niveles 2 y 3 seguirán teniendo, en distintas proporciones, tarifas con subsidios, entendidos por la Secretaría de Energía como “una herramienta del Estado para el cumplimiento del principio de igualdad y no discriminación”, según los considerandos del decreto 332/2022.
¿Cómo se hace? Las Claves
Antes de empezar tené a mano:
- El número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato o NIS que están en tu factura de energía eléctrica y gas natural por red. Fijate dónde encontrar los números.
- El último ejemplar de tu DNI.
- El número de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
- Los ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
- Una dirección de correo electrónico.
- Si en el domicilio de los servicios funciona un comedor o merendero comunitario registrado en el ReNaCOM, tené a mano el número de registro.
¿Cómo se va a realizar la segmentación?
El nuevo esquema de subsidios tiene como principal objetivo alcanzar tarifas razonables y justas para el valor de la energía. Esta iniciativa propone una distribución de los subsidios basada en la capacidad económica de cada hogar. Para ello, se establecieron tres grupos:
1- Segmento de ingresos altos
Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:
- Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $364.758,80 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).
- Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $445.004,93.
- Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
- Tener 3 o más inmuebles.
- Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.
2 - Segmento de ingresos medios
Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:
- Ingresos mensuales totales entre $104.216,80 y $364.758,80 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $156.325,20 y $364.758,80 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer hasta 2 inmuebles.
- Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.
- Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.
3 - Segmento de menores ingresos
Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen alguna de las siguientes condiciones:
- Ingresos netos menores a $104.216,80 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $156.325,20 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer hasta 1 inmueble.
- No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.
- Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.
Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir alguna de las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:
- Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
- Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
- Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $156.325,20 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
- Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM.
- Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $104.216,80 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
¿Cuáles son las excepciones a la inscripción?
Existen dos casos en los cuales no tenés que llenar el formulario de inscripción:
- Si sos electrodependiente no tenés que completar el trámite para solicitar el subsidio de la electricidad, pero sí debés hacerlo para solicitar el de gas. Para conocer más sobre el Registro de Electrodependientes, ingresá a esta página.
- Si en tu domicilio funciona una entidad de bien público no te corresponde hacer el trámite. Podés solicitar la tarifa diferencial para entidades.
Conocé más detalles sobre los requisitos y cómo realizar la solicitud en esta página.
Los hogares que estén en los segmentos de ingresos medios y de menores ingresos van a continuar recibiendo el subsidio.
¿Por qué es importante segmentar los subsidios?
El Estado cubre, en promedio, más del 70% del costo de la energía que llega a los hogares. En el esquema aplicado hasta junio de 2022, el subsidio alcanzaba incluso a los sectores de mayores ingresos que no necesitaban del acompañamiento del Estado.
Esta nueva propuesta de segmentación tiene como objetivo asignar los subsidios a la energía según la capacidad económica de los hogares, manteniendo los subsidios en aquellos con ingresos bajos y medios que requieren de la asistencia estatal para pagar sus boletas de electricidad y gas. Establecer este nuevo sistema de distribución de subsidios es avanzar hacia un acceso más justo a los servicios energéticos.
Preguntas y Respuestas
1. ¿Para qué servicios públicos aplica la solicitud?
La solicitud aplica para los servicios de energía eléctrica y gas de red.
2. ¿Qué tengo que hacer para mantener los subsidios a la luz y el gas?
Tenés que completar el formulario de inscripción que tiene carácter de declaración jurada. Luego el Estado Nacional va a evaluar la información disponible y asignarte el subsidio que te corresponda de acuerdo a las condiciones socio-económicas de tu hogar.
3. ¿Cuándo me tengo que inscribir?
Se extendió el plazo de inscripción y desde el 1 de agosto el formulario va a permanecer abierto para todas aquellas personas que aún no se hayan inscripto, independientemente del número con el que termina el DNI.
4. ¿Quiénes deben completar la solicitud?
Todas y todos los argentinos que quieran mantener los subsidios a la luz y al gas que hoy reciben en sus hogares. Como la iniciativa está destinada a usuarias y usuarios residenciales, se deberá completar una solicitud por hogar. Sólo podrán completar el formulario personas mayores de 18 años.
5. Si no puedo completar la solicitud digital, ¿qué otra alternativa existe para inscribirme?
Podes acercarte a:
- La oficina de ANSES más cercana, sacando turno previo en su sitio web.. La inscripción desde las oficinas de ANSES se realizará sin importar el número con el que termina tu DNI.
- El Punto Digital más cercano. Podés ver acá dónde están.
6. ¿Por qué tienen que completar la solicitud todas las personas?
Hasta antes de esta segmentación, todos los hogares recibían subsidios en sus facturas sin distinción de acuerdo a su capacidad económica. Para hacer una distribución más justa de los subsidios y asistir a quienes realmente lo necesitan, este esquema requiere vincular a cada hogar con sus servicios de luz y gas.
Actualmente, el Estado no tiene un registro que vincule los datos de los servicios de luz y gas con los hogares que realmente los usan. Por eso, mediante el Decreto 332/2022 creamos el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) a partir del cual podremos saber a qué medidor y número de cuenta, cliente servicio está asociado cada hogar y conocer sus condiciones socio-económicas.
7. ¿El subsidio se aplica igual para todo el país?
Sí, el subsidio es el mismo para cada segmento definido y se aplica al componente energético de las facturas de todas las distribuidoras de luz y gas del país.
8. ¿Qué pasa si vivo en la Patagonia?
Si vivís en una zona alcanzada por la Ley 23.272 (el partido de Patagones en provincia de Buenos Aires, Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur), vas a poder acceder a los subsidios que te correspondan según las condiciones socio-económicas de tu hogar. La diferencia respecto de las otras regiones es que, si vivís en la Patagonia, los ingresos mensuales totales tu hogar para pertenecer al segmento de ingresos altos deberán ser iguales o superiores a $445.004,93 (el equivalente a 3,5 canastas básicas totales más el 22%).
9. ¿Qué tengo que hacer si soy electrodependiente?
Si sos electrodependiente no tenés que completar el trámite para solicitar el subsidio de la luz porque ya contás con un subsidio para ese servicio, pero sí debés hacerlo para solicitar el de gas.
Para conocer más sobre el Registro de Electrodependientes, inscribirte o realizar una consulta, ingresá a esta página o llamá al 0800-222-0676 de lunes a viernes de 9 a 17 horas.
10. ¿A quiénes se les va a asignar el o los subsidios?
A todos los hogares que reúnan las condiciones socio-económicas para mantener un subsidio, que serán aquellos que:
- Perciban ingresos totales de bolsillo menores de $364.758,80 pesos (equivalente al valor de 3,5 canastas básicas totales de hogar tipo 2 según INDEC) o menores de $445.004,93 para los hogares de la Patagonia.
- No cuenten con 3 o más inmuebles propios.
- No tengan 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
- No tengan una aeronave o embarcación de lujo.
- No sean titulares de activos societarios que demuestren capacidad económica plena
11. ¿Cómo se definen los ingresos totales para cada segmento?
Se entiende por ingresos totales del hogar a la suma mensual de los ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar. Los ingresos totales que definen a cada segmento para el nuevo esquema de subsidios se calculan tomando como referencia el valor actual de la canasta básica tipo 2 de INDEC.
En el segmento de ingresos altos, los ingresos totales equivalen o superan el valor de 3,5 canastas.
- Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de ingresos altos deberán ser equivalentes o superiores a $425.620.
En el segmento de ingresos medios, los ingresos totales varían entre 1 y 3,5 canastas.
En el segmento de menores ingresos, los ingresos totales no superan el valor de 1 canasta.
Para conocer más sobre el valor de la canasta básica total, podés ingresar a la página de INDEC
12. ¿A cuánto equivale hoy la canasta básica tipo 2 de INDEC?
Al 21 de junio de 2022 la canasta básica tipo 2 de INDEC equivale a $99.676,85. Para seguir la actualización de este dato, podés ingresar acá.
13. ¿Qué sucede si la factura del servicio no llega a mi nombre?
Si la factura no llega a tu nombre, igual vas a poder realizar la solicitud como usuario de los servicios indicando que no sos la persona titular.
14. ¿Tengo que cambiar la titularidad del servicio para acceder al subsidio?
No, podés acceder igual sin tener que cambiar la titularidad. Por eso te pedimos que nos ayudes a vincular tus datos, y el de las personas que conviven en tu hogar, con los medidores de luz y gas.
15. ¿Puedo acceder al subsidio si alquilo la propiedad?
Si, aunque no seas el propietario de tu domicilio vas a poder solicitar el subsidio como usuario de los servicios. Lo importante es asociar a los usuarios y usuarias reales de la luz y el gas con un determinado medidor y número de cuenta, cliente o servicio.
16. ¿Qué información de la factura del servicio tengo que tener a mano?
Tanto para solicitar el subsidio para el servicio de luz como para el de gas, en la inscripción vas a tener que completar los siguientes datos:
- El nombre de la empresa o cooperativa distribuidora.
- Alguno de estos 4 números: Nro de cuenta/Nro. de servicio/Nro. de cliente/NIS (sólo tendrás que completar el que figure en tu factura)
- Número de medidor.
En esta página vas a poder ver algunos ejemplos de facturas de distribuidoras y cooperativas que te van a ayudar a identificar el número de medidor y el número de cuenta, cliente, servicio o NIS (Número Identificador de Suministro).
17. ¿La inscripción a este subsidio es compatible con otras prestaciones sociales?
Sí, la inscripción es compatible con otras prestaciones sociales. Si ya sos beneficiaria o beneficiario de algún programa, igualmente tenés que inscribirte.
18. ¿Para cuántos hogares puedo hacer la solicitud del subsidio?
Sólo podrás hacer la solicitud de subsidio para un medidor de energía eléctrica y uno de gas de red de tu domicilio declarado.
19. ¿Quiénes conforman un hogar?
Se denomina hogar a todas las personas, familiares o no, que viven en el domicilio del servicio de luz y/o gas.
20. ¿Qué sucede si tengo más de un servicio de luz o gas a mi nombre?
En ese caso, solamente deberás completar los datos del servicio de un solo domicilio.
21. ¿Puedo solicitar el subsidio para dos servicios de diferentes viviendas?
No, solo podés solicitar el subsidio para un medidor de luz y para un medidor de gas de un único domicilio.
22. ¿Con la información suministrada en la declaración jurada es suficiente?
Sí. El Estado Nacional realizará un análisis en base a la información disponible en sus bases de datos administrativas, según lo autorizaste en la declaración jurada al momento de completar la solicitud.
23. ¿Dónde puedo consultar el estado de mi solicitud?
Vas a poder consultar el estado del trámite ingresando en la app Mi Argentina y completando los campos con el número de gestión que te fue entregado al finalizar la solicitud y tu número de DNI.
24. ¿Qué pasa si ya soy beneficiaria o beneficiario de la Tarifa Social de gas?
Igualmente tenés que completar la solicitud de subsidios. Como son dos cosas diferentes, vas a seguir recibiendo la Tarifa Social.
25. ¿Tengo que inscribirme si recibo una asignación, una pensión o jubilación?
Si, tienen que inscribirse todas las personas, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión y/o son beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.
26. ¿Qué pasa si no encuentro la empresa de luz o gas que presta servicio en mi hogar en el listado de empresas del formulario?
En ese caso, vas a poder seleccionar la opción “Otra” y te vamos a pedir que especifiques el nombre de la misma.
27. ¿Qué hago si tengo Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento?
En ese caso, podés dirigirte a cualquier oficina de ANSES con turno previo para recibir asistencia. La inscripción desde las oficinas de ANSES se realizará sin tener en cuenta el número con el que termina tu DNI.
Con información de agencias.
IG
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