Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

El Gobierno les ordenó a las prepagas retrotraer los aumentos de sus cuotas a diciembre 2023

El Gobierno les puso un freno a las empresas de medicina prepaga.

elDiarioAR

17 de abril de 2024 12:11 h

0

El Gobierno anunció que la mayoría de las empresas de medicina prepaga van a retrotraer los aumentos a valores de diciembre y devolverán lo que hayan cobrado por encima de la inflación. Las apuntadas por la secretaría de Industria y Comercio y la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia son Galeno, Hospital Británico de Buenos Aires, Hospital Alemán, Medifé, Swiss Medical, Omint y OSDE.

Así lo informó el vocero presidencial, Manuel Adorni, en su conferencia de prensa. “La Argentina de la avivada se terminó”, remarcó el portavoz del presidente Javier Milei.

De esta manera, el Gobierno confía en poder resolver un reclamo que afectaba principalmente a la clase media y que había generado un importante cruce con el rubro.

“Por disposición del Ministerio de Economía, un grupo de empresas de medicina prepaga que representa el 75% de los afiliados, van a retrotraer sus cuotas a diciembre del 2023, ajustadas por PIC a partir de allí. Además, deberán aplicar como máximo este índice apra ajustar las cuotas por los próximos 6 meses”, dijo Adorni.

Y detalló: “La superintendencia de Salud está presentando una medida cautelar para obligar a las empresas que concentran el 90% del mercado a retrotraer las cuotas y devolver el monto por encima de la inflación que cobraron desde diciembre”.

Días atrás, el ministro de Economía, Luis Caputo, había asegurado que “las prepagas le están declarando la guerra a la clase media” con los aumentos desmedidos, por lo que había señalado que desde el Gobierno iban a hacer “todo lo que esté al alcance” para defender a ese sector de la población: incluso, se deslizó la posibilidad de recurrir a la Justicia.

Resolución y Dictamen

No se devuelve el exceso que cobraron desde diciembre

Los asociados a empresas de medicina prepaga no recuperarán lo abonado en exceso durante los primeros meses del año y deberán aguardar una medida cautelar que presentará el Ministerio de Salud.

“La devolución de los aumentos no está dentro del ámbito de facultades de la Secretaría de Industria y Comercio”, aclararon desde la dependencia a cargo de Pablo Levigne.

El vocero presidencial, Manuel Adorni, dijo que la Superintendencia de Salud presentará una medida cautelar ante la Justicia para obligar a las empresas a devolver a los afiliados el monto por encima de la inflación que cobraron desde diciembre“.

Bajo este cuadro de situación, los afiliados a empresas de medicina prepaga no recuperarán lo cobrado en exceso, a menos que haya un fallo de la Justicia.

Tampoco hay ningún tipo de medida para el conjunto de afiliados que se dieron de baja, que se estimó en 500 mil personas.

Ante la andanada de aumentos que se acumuló en los últimos meses, el Gobierno decidió que las empresas puedan ajustar el valor de sus cuotas por inflación con base en los precios de diciembre 2023.

Cálculos de la Secretaría de Comercio estiman que la reducción de la cuota sería del orden del 33%. El tope de ajuste a partir de la inflación regirá por los próximos seis meses, según indicó Comercio.

No obstante, cabe apuntar que las empresas pueden apelar la medida, pero la sola presentación de la queja no es suficiente para que quede sin efecto la decisión oficial.

Qué dijo la Comisión nacional de Defensa de la Competencia

Medida preventiva para que las principales empresas de medicina prepaga recalculen los aumentos de sus planes de salud.

Con el objetivo evitar daños al régimen de competencia, el secretario de Industria y Comercio —a instancias de la CNDC— resolvió dictar una medida de tutela anticipada que ordena reajustar los valores de las cuotas de sus planes de salud según la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor.

En el marco de una investigación por presuntas conductas anticompetitivas iniciada a mediados de enero de este año, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) determinó que existen indicios múltiples de un acuerdo colusivo entre las principales empresas de medicina prepaga del país.

A raíz de lo anterior, la CNDC emitió un dictamen aconsejando al Secretario de Industria y Comercio del Ministerio de Economía la adopción de una medida de tutela anticipada en los términos del artículo 44 de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia (LDC), para que un conjunto de empresas de medicina prepaga, la confederación que las agrupa y la persona humana que la presidía, cumplan con los requerimientos que se detallan a continuación.

En primer lugar, se dispuso que los valores de las cuotas de los planes de salud médico-asistenciales a ser cobradas no podrán superar el siguiente cálculo: la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023). La medida aclara que, en el caso de los clientes dados de alta luego de diciembre de 2023, el ajuste debe realizarse teniendo como base un plan similar al contratado.

La medida preventiva ordena además cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la Confederación Unión Argentina de Salud (UAS) o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial.

Asimismo, las compañías de medicina prepaga deberán presentar información a la CNDC sobre precios nominales de cada plan de salud ofrecido, ingresos obtenidos por cada plan de salud y cantidad de afiliados en cada uno de los planes. Las empresas deberán aportar datos desde diciembre de 2023 en adelante, e informar su actualización con una frecuencia mensual. A su vez, las compañías y la UAS tienen la obligación de publicar, en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la notificación de la cautelar, el texto completo de la medida de tutela anticipada en sus respectivos sitios web.

Las personas investigadas por la CNDC y alcanzadas por la medida reseñada son Galeno Argentina S.A., Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil, Hospital Alemán Asociación Civil, Medifé Asociación Civil, Swiss Medical S.A., Omint S.A. de Servicios, OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios; la confederación que las agrupa, Unión Argentina de Salud (UAS); y el Sr. Claudio Fernando Belocopitt, en su carácter de actual presidente de la firma Swiss Medical S.A. y del entonces presidente de la UAS.

La apertura de la presente investigación, que se encuentra en curso, se realizó a partir de una denuncia ante la CNDC por cartelización en los términos del artículo 2, inciso a), de la LDC, en virtud del aumento coordinado de los precios de los planes de medicina prepaga de las empresas detalladas.

El artículo 44 de la LDC faculta a la autoridad de aplicación de la norma que, actualmente es la CNDC en conjunto con la Secretaría de Industria y Comercio, en cualquier etapa de una investigación, a imponer el cumplimiento de condiciones u ordenar el cese de conductas con el objetivo de evitar que se produzca un daño, o disminuir la magnitud del perjuicio, su continuación o agravamiento. La LDC prevé que estas medidas, si bien son recurribles por los sujetos alcanzados, deben cumplirse a partir de su dictado.

La CNDC recuerda que los acuerdos entre competidores o prácticas concertadas, comúnmente conocidos como carteles, constituyen una infracción grave a la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 30 % de la facturación de las empresas infractoras en Argentina.

En particular, el artículo 2 de la LDC clasifica a los cárteles de núcleo duro como prácticas absolutamente restrictivas de la competencia, los cuales consisten en el acuerdo entre dos o más competidores para fijar precios, restringir la oferta, repartirse el mercado o coordinar posturas en licitaciones, concursos o subastas.

Para conocer más sobre qué constituye una conducta anticompetitiva, se puede ver la siguiente infografía.

Conductas anticompetitivas

También se puede consultar una guía de buenas prácticas para cámaras y asociaciones empresarias y colegios de profesionales en el siguiente enlace.

Defensa de La Competencia

Se puede denunciar una conducta anticompetitiva de manera virtual a través del sistema de Trámites a Distancia (TaD), tal como se describe aquí.

La comunicación oficial

La Secretaría de Industria y Comercio y la CNDC (Comisión Nacional de Defensa de la Competencia), en el marco de una denuncia realizada y ante ciertos indicios de un acuerdo colusivo entre las prepagas, han decidido dictar una medida de tutela anticipada en el marco de la Ley de Defensa de la Competencia con el fin de evitar que se produzca un daño al régimen de competencia. La medida ha sido tomada en los inicios de una investigación en curso por una presunta cartelización.

La medida retrotrae los aumentos operados a diciembre del año pasado y faculta a las prepagas a aplicar, como máximo, el índice de precios al consumidor para el cálculo de cualquier aumento.

Además, prohíbe cualquier intercambio de información competitivamente sensible entre las empresas de medicina prepaga investigadas y la cámara que las aglutina. Adicionalmente, las empresas deberán presentar información sobre el cumplimiento.

¿Cómo se va a devolver la plata de los aumentos de estos meses y de qué meses serían?

La devolución de los aumentos no está dentro del ámbito de facultades de la Secretaría de Industria y Comercio. Eventualmente, puede impactar en el cálculo de la multa, de comprobarse que la práctica efectivamente se produjo.

¿A qué mes se retrotrae el aumento?

La medida retrotrae los aumentos operados a diciembre del año pasado y faculta a las prepagas a aplicar, como máximo, el índice de precios al consumidor para el cálculo de cualquier aumento.

¿Cómo van a ser los ajustes de ahora en adelante?

La medida retrotrae los aumentos operados desde diciembre del año pasado y faculta a las prepagas a aplicar, como máximo, el índice de precios al consumidor para el cálculo de cualquier aumento. Ese tope rige, en principio, durante los próximos seis meses.

¿Las empresas pueden apelar la medida?

Sí, pero es importante destacar que la medida entra en vigor de inmediato y no la suspende una eventual apelación.

¿Los clientes pueden recuperar el dinero cobrado en exceso?

La Ley de Defensa de la Competencia prevé la acción de daños y perjuicios contra las empresas que cometan prácticas anticompetitivas una vez que la sanción quede firme.

¿Cuál es el organismo que toma la medida y actúa en el caso?

La resolución la adopta la Secretaría de Industria y Comercio, por recomendación de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia. La investigación la lleva adelante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia.

¿Cómo se aplica la multa?

Concluida la investigación y acreditada de manera independiente que la práctica colusiva denunciada se produjo, una infracción a la normativa de competencia puede importar una sanción de multa de hasta el 30% de la facturación de las empresas infractoras en Argentina, o hasta el doble del beneficio ilícitamente obtenido por la maniobra.

¿Qué evidencia encontró la Secretaría para hablar de presunción de cartelización?

La investigación se encuentra en curso, la prueba es aún preliminar, pero existen declaraciones, un paralelismo y simultaneidad de los aumentos aplicados y otros indicios de cartelización que el dictamen de la CNDC desarrolla en detalle.

Asumiendo que una inflación del 10% para abril, y tomando en cuenta que, en promedio, las cuotas de la medicina prepaga se incrementaron en un 151% desde diciembre, la medida logrará reducir la cuota de las empresas de medicina prepaga en un 33%.

Es decir, las empresas de medicina prepaga deberían cobrar una cuota en mayo que no fuera superior al 70% de la facturada en diciembre pasado.

Caputo felicitó a Pazo y Lavigne

Qué dijo Belocopitt, dueño de Swiss Medical

El encargado de dar la cara por las empresas de medicina prepaga fue Claudio Belocopitt, dueño de Swiss Medical y quien fue titular de la Unión Argentina de Salud (UAS) hasta el pasado lunes.

El empresario rechazó las acusaciones que recibió y se mostró ofendido por el hecho de que se haya revelado la cantidad de dinero que recibió de parte del Estado en concepto de ATP durante la pandemia de coronavirus: afirmó que el Gobierno del presidente Javier Milei le tiró “un balde de mierda” para desprestigiarlo.

Cuáles son las compañías investigadas por la CNDC

  • Galeno Argentina S.A.
  • Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil
  • Hospital Alemán Asociación Civil
  • Medifé Asociación Civil
  • Swiss Medical S.A.
  • Omint S.A. de Servicios
  • OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios
  • La Unión Argentina de Salud (UAS), la confederación que las agrupa y el Sr. Claudio Fernando Belocopitt, en su carácter de actual presidente de la firma Swiss Medical S.A. y entonces presidente de la UAS.

Qué dijo la Superintendencia de Servicios de Salud

El organismo presentó ante la justicia una acción de amparo que contiene una medida cautelar por abuso de precios, con el objetivo de retrotraer los aumentos de las cuotas de la medicina prepaga que estuvieron por encima de la inflación.

El comunicado completo: “Al iniciar la gestión, el Gobierno se encontró con un sistema de salud en decadencia y prácticamente quebrado. Esto es producto de años de falta de inversión, de congelamientos en los valores de las cuotas de la medicina prepaga y por ineficiencias de fiscalización y control.

Con este diagnóstico, a través del DNU 70/2023 y sus decretos reglamentarios, la Superintendencia de Servicios de Salud -organismo autárquico bajo la órbita del Ministerio de Salud de la Nación- desreguló el sistema de salud con el objetivo que todos los beneficiarios puedan elegir libremente entre Obras Sociales y Prepagas y con el fin de impulsar la libre competencia entre los distintos actores.

Como encargado de fiscalizar a las empresas de medicina prepaga y de garantizar que haya competencia entre los integrantes del mercado, el organismo supervisó y analizó las conductas de las principales empresas durante los primeros cuatro meses del año y observó abusos en el aumento de los valores de las cuotas.

Por esta razón, la Superintendencia de Servicios de Salud presentó hoy una acción de amparo que contiene una medida cautelar en la justicia para retrotraer estos aumentos que, según lo que estudió, fueron abusivos producto de una posición dominante en el mercado. Asimismo, en una acción complementaria, la Secretaría de Comercio, ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, avanzó con una medida tutelar contra empresas del sector por cartelización.

El gobierno no permitirá y castigará fuertemente la cartelización y el abuso de precios ya que considera que una cosa es la libre competencia y otra, muy distinta, es ponerse de acuerdo para aumentar los precios casi el doble del índice de inflación.

Las empresas del sector tenían con el gobierno anterior un acuerdo de no aumentar la cuota a cambio de otros beneficios otorgados. Ahora, buscaron compensarlo atentando contra todos los argentinos y hasta destruyendo el propio sistema de salud del cual son parte.

Para el gobierno es fundamental tener un sistema de salud más solidario, equitativo y competitivo impulsando la libre competencia entre los distintos actores y la libertad de elección de los beneficiarios. El camino es ese, no que los argentinos paguen por el arreglo entre los empresarios y el gobierno anterior“.

Cómo presentar una denuncia por conductas anticompetitivas

Si sos persona física o jurídica, pública o privada (siempre y cuando DENUNCIANTE), y considerás que una empresa adopta conductas anticompetitivas, podés presentar la denuncia correspondiente ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia.

¿Qué se considera una conducta anticompetitiva?

Son prácticas realizadas por personas humanas o jurídicas que tienen por objeto o efecto limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado, o que constituyen abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general (Ley N° 27.442, art. 1).

El procedimiento de investigación se iniciará de oficio o por denuncia realizada por cualquier persona humana o jurídica, pública o privada (siempre y cuando se trate del denunciante).

Para mayor información sobre las conductas anticompetitivas: Infografía.

¿A quién está dirigido?

Cualquier persona humana o jurídica (pública o privada) denunciante que pretenda denunciar una infracción a la Ley de Defensa de la Competencia (Ley 27.442).

¿Qué necesito para realizar la denuncia?

Presentar un escrito con los siguientes datos:

  • Tu nombre y domicilio;
  • El nombre de la persona que considerás que ha incurrido en una infracción a la Ley de Defensa de la Competencia;
  • El objeto de la denuncia, diciéndola con exactitud;
  • Los hechos considerados, explicados claramente;
  • El derecho en que fundás la denuncia, expuesto sucintamente;
  • El ofrecimiento de los medios de prueba que consideres conducentes para el análisis de la denuncia.

Todas sus hojas, tanto las de la denuncia como las de la documentación adjunta, deben estar firmadas por quien la presente.

Una vez presentada, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia citará al presentante para que ratifique la misma y se labrará el acta correspondiente.

Para consultas respecto de la guía de “Abuso de Posición Dominante de Tipo exclusorio”, se solicita acceder al siguiente enlace.

¿Cómo hago?

1) Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) con tu CUIT y clave fiscal nivel 2. En el caso de una persona humana ingresar mediante el DNI o CUIT correspondiente a la persona que efectuará la denuncia. En el caso de persona jurídica, ingresa con el cuit de la persona jurídica denunciante.

2) Iniciá el trámite ingresando a “Presentación por Presunta Conducta Anticompetitiva” y validá tus datos.

3) Completá el formulario correspondiente.

4) Adjuntá la documentación que corresponda. En algunos casos la misma es obligatoria.

5) Seleccioná “Confirmar trámite''.

6) Una vez que el expediente se encuentre confirmado, en la solapa “Mis trámites” vas a poder verificar la creación del mismo y realizar su seguimiento del trámite.

En el caso de que desees realizar una presentación de manera presencial, deberás dirigirte a la Mesa de Entradas de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, ubicada en Julio A. Roca 694, Planta Baja, Capital Federal.

Para cualquier consulta podrás remitir un mail a cndcfirma@produccion.gob.ar.

Podes consultar el Manual de TAD para efectuar la presentación de una presunta denuncia por conductas anticompetitivas en el siguiente Instructivo.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

Con información de agencias y oficial.

IG

Etiquetas
stats