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En la nueva Constitución chilena no hay lugar para las AFP ni para el Senado

El nuevo sistema político que se debate en la Convención Constitucional chilena plantea un cambio fundamental para el país, con un presidencialismo atenuado y un bicameralismo asimétrico, que le da más poder a los diputados y diputadas, según evaluaciones expertas.

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El pleno de la Convención Constitucional que está componiendo una nueva Constitución fundacional para Chile aprobó en general, primero el miércoles, y después el martes, los borradores del texto redactado para las que serán algunas de sus normas más importantes, y que ya son algunas de las más polémicas. En cuanto a la organización del Estado, propuso, para el Poder Legislativo, un Congreso con relación asimétrica entre dos cámaras. Sin llegar a proponer un Congreso unicameral (como es el peruano de hoy,) en vez de una Cámara Alta correlativa de la Baja prefiere, en la norma votada el jueves una Cámara de las Regiones como representación del territorio, con competencias específicas y restrictivas, en absoluto equiparables al Senado. La noche de este martes votó en general la disposición sobre seguridad social, que indica que el Estado deberá definir las políticas al respecto y que “se financiará con aportes de trabajadores y empleadores, a través de cotizaciones obligatorias, y por rentas generales de la nación”. Esto significará el fin del sistema chileno de Administradoras de Fondos de Pensión (AFP) privadas y la creación de un sistema público de jubilaciones y pensiones. Volvieron a la Comisión de Derechos Fundamentales, rechazados, los incisos que establecían la inexpropiabilidad de los fondos de pensiones y jubilaciones ya existentes, ahorrados por aportantes, y gestionados por las siete AFP que actúan en Chile.

Convocada gracias a un plebiscito que en octubre de 2020 reclamó su existencia con la abrumadora mayoría de casi el 80% de los votos, en funciones y trabajando sus 154 convencionales constituyentes desde julio de 2021, con paridad de género, y escaños reservados para los pueblos originarios, la Convención Constitucional presentará un nuevo texto constitucional, que será votado el 4 de septiembre, por o por NO, por el apruebo o el rechazo, en un 'plebiscito de salida'.

El acuerdo alcanzado algunos de los temas más espinosos del proceso constituyente, que nació como vía política para desarticular la ola de masivas protestas que comenzó en 2019, una crisis que dejó muertes, lesiones graves, removió los cimientos de Chile, hasta entonces uno de los países más estables de América Latina.

Estos consensos se produjeron después de que las encuestas mostraran que el apoyo a la nueva Constitución vacilaba y que una mayoría del electorado, en un giro radical después de octubre de 2020, respondiera ahora a los sondeos que las luchas internas y las propuestas extremas les estaban haciendo perder la fe en el proceso, y que no votaría por el Apruebo.

La fórmula de la Cámara de las Regiones se adoptó como una vía intermedia para destrabar las enquistadas discusiones entre constituyentes bicameralistas, que optaban por mantener el sistema actual, y unicameralistas, que buscaban mantener solo a la actual Cámara de Diputados y Diputadas. La eliminación o reforma de  Cámara Alta fue una delas batallas centrales de la izquierda en la Asamblea por considerar que el Senado detiene o estanca las leyes progresistas. Según quedó en el texto, “la Cámara de las Regiones es un órgano deliberativo, paritario y plurinacional de representación regional, encargado de concurrir a la formación de las leyes de acuerdo regional y de ejercer las demás facultades encomendadas por esta Constitución”.

Sin embargo no hubo consenso sobre la composición ni sobre el alcance de las leyes de acuerdo regional o del resto de atribuciones del órgano, que en un inicio iban a ser menores a las del actual Senado, pero que ahora deben volver a debatirse en la Comisión de Sistemas Políticos de la Convención. Tampoco prosperó la idea de modificar la actual Cámara Baja para convertirla en un “Congreso de los Diputados, deliberativo y plurinacional”  que ejercería la potestad legislativa y la labor de fiscalizar al presidente de la República. Sí hubo acuerdo, en cambio, para evitar las reelecciones indefinidas en el Parlamento, un escenario distinto al argentino. Quedó en el borrador que los diputados y los representantes regionales podrán reelegir solamente por un período.

Las AFP habían sido creadas y consagradas en la Constitución de 1980 todavía vigente. La Comisión de Derechos Fundamentales aprobó el artículo 13 sobre Seguridad Social con 6 incisos. Pero sólo los tres primeros fueron aprobadps por el pleno y serán parte de la propuesta de nueva Constitución, mientras que los restantes volverán a Comisión.

El pleno de la Convención rechazó también un inciso o artículo presentado por la convencional de Chile Vamos, de derecha, Rocío Cantuarias, que se refería a la inexpropiabilidad de los fondos de pensiones. “El Estado no puede en caso alguno expropiar, confiscar o nacionalizar los ahorros de los trabajadores”, fue la norma rechazada por el pleno, aunque algunos de los votos que obtuvo fueron de convencionales de izquierda 

Los nuevos articulados pasarán al borrador de la nueva Carta Magna que en  caso de aprobarse en el plebiscito de participación obligatoria , el próximo 4 de septiembre, sustituiría a la actual, heredada del régimen de Augusto Pinochet (1973-1990) y considerada por muchos como el origen de las grandes desigualdades del país por su corte neoliberal.

AGB con información de agencias, diarios y fuentes

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