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Monotributo 2023: la AFIP extendió el plazo para la recategorización

La web de la  AFIP

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó, a través de la Resolución General 5318/2023 publicada este viernes en el Boletín Oficial, el plazo para realizar la recategorización del monotributo correspondiente al segundo semestre de 2022. Los contribuyentes inscriptos tendrán tiempo hasta el jueves 27 de enero.

El 1 de enero pasado comenzaron a regir las nuevas escalas publicadas por el organismo dirigido por Carlos Castagneto. Los monotributistas deberán considerar la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación u otro parámetro utilizado para el encasillamiento: alquileres devengados anualmente, consumo de energía eléctrica y superficie afectada.

Si los parámetros superan o son inferiores a la escala vigente, se debe realizar la recategorización. Caso contrario, no debe realizarse ningún cambio. Si no se cumplieron los 6 meses desde la inscripción al monotributo tampoco corresponde recategorizarse.

Cuáles son las escalas actualizadas

Los nuevos valores vigentes se calcularon en base al índice acumulado de movilidad jubilatoria del año anterior. En 2022, alcanzó un valor de 72.48%, por lo que el aumento de las escalas quedó detrás de la inflación final del año, que alcanzó 94.8%. Esto implica que las escalas del monotributo se actualizaron, pero quedaron retrasadas con respecto a la inflación, a excepción de las categorías más bajas.

Las nuevas escalas del monotributo son:

1. Categoría A: ingreso bruto anual de hasta $999.657,23

2. Categoría B: ingreso bruto anual de hasta $1.485.976,96

3. Categoría C: ingreso bruto anual de hasta $2.080.367,73

4. Categoría D: ingreso bruto anual de hasta $2.583.720,42

5. Categoría E: ingreso bruto anual de hasta $3.042.435,05

6. Categoría F: ingreso bruto anual de hasta $3.803.043,82

7. Categoría G: ingreso bruto anual de hasta $4.563.652,57

8. Categoría H: ingreso bruto anual de hasta $5.650.236,51

9. Categoría I: ingreso bruto anual de hasta $6.323.918,55

10. Categoría J: ingreso bruto anual de hasta $7.247.514,92

11. Categoría J: ingreso bruto anual de hasta $8.040.721,19

Cómo tramitar la recategorización

Para realizar la recategorización, en caso de ser necesaria, se debe ingresar con la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y clave fiscal a monotributo.afip.gob.ar. Allí es posible revisar los datos de la categoría y la tabla de escalas y completar el monto de facturación y la información del lugar.

Para pagar la cuota correspondiente, cuyo vencimiento y monto se pueden verificar en el portal Monotributo, los contribuyentes deben utilizar medios de pago electrónicos.

1. Volante Electrónico de Pago (VEP): se genera a través del servicio Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA) en la página Web de la AFIP.

2. Homebanking: Para poder realizar el pago mensual, los contribuyentes deben ir con su tarjeta de débito a un cajero automático de la misma red para obtener la clave de acceso.

3. Débito automático: la adhesión al débito automático desde la cuenta bancaria o tarjeta de crédito puede realizarse en la Web de la AFIP o en comunicación con el banco o a través del Portal de Monotributo.

4. Mercado Pago: desde cualquier dispositivo con la app o mediante la Web de la empresa.

5. Billetera electrónica: los contribuyentes deben ingresar al “Sistema de Cuentas Tributarias”, recuadro “transacciones” y seleccionar “Billetera Electrónica AFIP”.

ACM

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