El Gobierno dio los detalles del decreto que habilita la compra de vacunas de Pfizer, Moderna y Johnson & Johnson
La ministra de Salud, Carla Vizzotti, y la secretaria de Legal y Técnica de la Nación, Vilma Ibarra, brindaron una conferencia de prensa en Casa Rosada para dar detalles a la actualización de la ley de vacunas, que permitirá adquirir dosis de laboratorios que aún no tienen presencia en la Argentina, como Pfizer, Moderna y Johnson & Johnson.
La decisión del Ejecutivo es, a través de un DNU, avanzar en las negociaciones con los laboratorios y autoridades de Estados Unidos, principalmente para la provisión de vacunas Pfizer, Moderna y Johnson y Johnson, tal como adelantó elDiarioAR. Los objetivos son generar inmunidad adquirida contra el Covid-19 y el acceso a vacunas para niños, niñas y adolescentes, sobre todo quienes padecen comorbilidades, por un lado, y poder acceder a los millones de dosis que Estados Unidos tiene planificado donar a países en desarrollo a través del mecanismo Covax, por el otro.
Ibarra confirmó que el DNU será publicado este sábado con las modificaciones a la ley que regula la adquisición de vacunas contra el coronavirus. Asimismo, anunció la creación de un “fondo de reparación COVID-19 para el pago de indemnizaciones en caso de que una persona pueda ser dañada por la aplicación de la vacuna. Es un mecanismo que existe en COVAX y en otros países del mundo”.
La funcionaria también adelantó que una de las modificaciones que incluirá el DNU es que se “suprime la negligencia como supuesto de responsabilidad para los fabricantes de vacunas Covid-19” y que el Estado establecerá “el modo en que recibe conforme las vacunas”. Además, aclaró que en la ley se suprimen los términos “malicioso o fraudulenta” y se utilizará “conductas dolosas”, y que tendrán “inmunidad soberana” todos los bienes del Estado.
Ibarra remarcó que el Gobierno “trabajó mucho con los equipos técnicos y jurídicos. El Presidente dispuso que se firme este decreto de necesidad y urgencia, pero hay cosas que no vamos a poder decir por el marco legal. Todos los contratos al final del día siempre se mandan a la auditoría general de la Nación”.
Las negociaciones con Pfizer generaron desde 2020 diversas polémicas, controversias y denuncias cruzadas entre el oficialismo, la oposición (con un proceso judicial en curso que tiene como protagonistas al presidente Alberto Fernández y a la titular del PRO, Patricia Bullrich) y los dueños del laboratorio norteamericano.
El Gobierno, según informaron sus funcionarios regularmente, venía trabajando hace meses para zanjar las trabas legales por las cuales no se firmaba el contrato con Pfizer y otros fabricantes. Con este DNU se busca llegar al acuerdo definitivo y, como primer objetivo, lograr la aplicación pediátrica de la vacuna que es la que más se utiliza en el mundo en menores de edad. En Argentina, las familias de chicos y chicas con comorbilidades vienen pidiendo enérgicamente una solución al Gobierno nacional para poder utilizar Pfizer.
En tanto, Estados Unidos decidió en mayo donar 80 millones de dosis a distintos países del mundo con complicaciones para acceder a las vacunas. Una parte –podrían ser tres millones- tendrían como destino la Argentina. Pero se trata de laboratorios con los que no se había formalizado ningún contrato todavía: Pfizer, Moderna, Johnson & Johnson.
Los puntos salientes
-El DNU establece modificaciones a la ley de 27.573 que regula la adquisición de vacunas contra el COVID-19.
-Se crea un *Fondo de Reparación COVID-19* para responder al pago de indemnizaciones ante la eventualidad de que una persona pueda ser dañada por la aplicación de una vacuna.
-El Fondo se crea para vacunas COVID y es un mecanismo que existe en muchos países del mundo y da tranquilidad a respecto de las contrataciones.
- También se suprime la negligencia como supuesto de responsabilidad para quienes tienen a su cargo la investigación, el desarrollo, la producción o el suministro de vacunas, teniendo en cuenta que en los contratos a firmar se establecerá el modo en que el Estado recibe conforme o no las vacunas que se adquieren.
-Además, respecto a la referencia a “maniobras fraudulentas, conductas maliciosas” en la ley se reemplaza por “conductas dolosas”, un concepto más claro y que es el que utiliza el Código Civil y Comercial.
-En materia de inmunidad de los bienes del Estado se va a eximir de inmunidad a las regalías que percibe el Estado nacional y los bienes privados del Estado. Todos los bienes soberanos establecidos en la Ley de Restauración de Sostenibilidad de la Deuda deben permanecer soberanos.
- El Fondo de Reparación se armó porque si alguna persona sufre un daño y pide una reparación tiene que existir la tranquilidad de que ese fondo es el que lo cubre y si no, lo hará el Estado.
- Con el objetivo de conseguir la mayor cantidad de vacunas lo antes posible, la nueva norma abre tres posibilidades para recibir dosis: los convenios con laboratorios, el mecanismo COVAX y las oportunidades de donaciones de diferentes Estados, fundamentalmente de Estados Unidos.
IG y DA
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