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Normas de estacionamiento
Vuelven parquímetros y multas en CABA: Cómo será estacionar a partir del 2 de agosto

A partir del 2 de agosto, vuelven a funcionar los parquímetros en la Ciudad Autonóma de Buenos Aires.

elDiarioAR

19 de julio de 2021 15:18 h

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Con la vuelta de las clases presenciales y la flexibilización de las restricciones, la circulación en CABA creció significativamente entre junio y julio. Según los datos oficiales, la circulación en auto alcanzó el 93% de la que había antes de la pandemia, el nivel más alto registrado desde marzo 2020. En junio hubo un 31% más de demoras y las filas en accesos y avenidas fueron 80% más largas. Además, la circulación en autopistas ronda el 90%.

La Secretaría de Transporte y Obras Públicas de la Ciudad anunció que el lunes 2 de agosto, cuando finalice el receso invernal, volverán las restricciones de estacionamiento, las grúas y los parquímetros. Hasta que llegue esa fecha, el Gobierno realizará una tarea de concientización: los conductores de vehículos particulares que estacionen mal serán advertidos. Sin embargo, no se van a cobrar multas hasta que rijan las restricciones.

Antes de agosto, de acuerdo con los protocolos establecidos por la pandemia de COVID-19, se puede estacionar todos los días como si fuera domingo. Se puede dejar el auto en calles y avenidas donde está prohibido los días hábiles de 7 a 21 y no rige el estacionamiento medido. No se puede estacionar donde no está permitido hacerlo las 24 horas, y tampoco en lugares que obstruyan rampas, ochavas, cocheras, paradas de colectivo, cajones azules o dársenas exclusivas.

 Para saber dónde se puede estacionar en CABA, se puede consultar por WhatsApp al Boti, el robot de la Ciudad, al 1150500147. Hay que enviar “¿Dónde puedo estacionar?” y después mandar la dirección exacta, la intersección de calles o compartir la ubicación. El robot indica si está permitido estacionar ahí o si hay que abonar el parquímetro.

Reglas de estacionamiento desde el 2 de agosto

-Avenidas con doble sentido de circulación: prohibido estacionar junto a ambas veredas los días hábiles de 7 a 21 horas.

-Avenidas con sentido único de circulación: prohibido estacionar junto a la vereda izquierda los días hábiles de 7 a 21 horas. Permitido estacionar junto a la vereda derecha todos los días durante las 24 horas. En algunas avenidas está prohibido estacionar junto a ambas veredas todos los días durante las 24 horas.

-Calles con sentido único de circulación: prohibido estacionar junto a la vereda izquierda todos los días durante las 24 horas. Permitido estacionar junto a la vereda derecha todos los días durante las 24 horas.

-Calles con doble sentido de circulación: permitido estacionar junto a ambas veredas todos los días durante las 24 horas.

-Estacionamiento medido: permitido estacionar junto a ambas veredas todos los días durante las 24 horas.

-Rampas, ochavas, garajes, paradas de colectivo, espacios reservados, ciclovías, veredas y sendas peatonales: prohibido estacionar durante las 24 horas.

-Centro y Tribunales peatonal: no rige la restricción para circular, pero no se puede estacionar.

Multas

-Estacionamiento o detención prohibida: $3.900.

-Estacionamiento en lugares reservados para servicios de emergencia, paradas de transporte público, entradas de vehículos, ciclovías, carriles exclusivos, corredores de Metrobús y zona de Macro y Microcentro: $7.800.

-En lugares reservados para personas con necesidades especiales o rampas: $11.700.

-Estacionamiento medido: $3.900.

-Si el vehículo es acarreado por una grúa, además de la multa hay que pagar $4.350

Todas las reglas generales de estacionamiento se pueden consultar en la página del Gobierno de la Ciudad.

MGF

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