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Resolución de la ARCA

El Gobierno sostendrá los impuestos para comprar dólares y para operaciones con tarjeta

Cambios en el régimen impositivo para operaciones en moneda extranjera.

elDiarioAR

19 de diciembre de 2024 10:11 h

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex-AFIP, anunció este jueves cambios en el valor del dólar ahorro y del dólar tarjeta, es decir el dólar que se puede comprar en el banco (las personas que no están inhibidas de hacerlo y que pueden comprar solamente US$200 mensuales, respecto de lo cual no hay cambios anunciados) y el dólar que se paga por compras en el exterior, que quedará en $ 1.350, desde el próximo lunes, 23 de diciembre, cuando caduca la vigencia del impuesto PAIS.

Pese a que la medida significa que el dólar tarjeta caerá poco más de $300 (de $1.660 a $1.350, aproximadamente), seguirá siendo conveniente para quienes viajen al exterior realizar compras con dólares físicos, usando la tarjeta de débito de una caja de ahorro en dólares o bien pagar la tarjeta de crédito con dólares, para evitar pagar el anticipo de Ganancias, en vez de realizar los consumos en pesos, porque en tal caso estarían pagando un dólar de $1.350 contra, por ejemplo, el valor del dólar MEP, que este jueves cotiza a $1.160 y la semana pasada estaba en $1.050.

Mediante la resolución publicada este jueves, la ARCA anunció que el precio del dólar ahorro y del dólar tarjeta surgirá del precio del dólar oficial más el 30% a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. De esta forma, da sustento normativo al valor de la divisa para el caso de compras para atesoramiento o la liquidación ante compras con tarjetas de crédito o débito en el régimen de percepción para el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto sobre los Bienes Personales.

Esto significa que, aunque el impuesto PAIS desaparezca, los argentinos continuarán pagando las mismas percepciones al comprar dólares. La ARCA también definió los plazos y mecanismos para que los agentes de percepción —como bancos y agencias de viajes— adapten sus sistemas y documenten adecuadamente el cobro del gravamen. Habrá tiempo para implementar los cambios de forma definitiva hasta el 31 de marzo de 2025.

Las operaciones alcanzadas incluyen la compra de billetes y divisas en moneda extranjera; pagos en el exterior realizados con tarjetas de crédito, débito o compra; servicios contratados a través de agencias de viajes y turismo en Argentina; y servicios de transporte internacional de pasajeros, ya sea terrestre, aéreo o acuático.

Al cierre de este 18 de diciembre, el precio al que se debieran liquidar estos servicios u otros servicios similares es de $1.329. Se estima que el nuevo precio del dólar tarjeta se ubicará cerca de $1.350 por unidad (hoy está en torno a los $1.660). Este monto se ajustará diariamente debido al esquema de crawling peg del Banco Central, que permite una devaluación controlada de hasta un 2% mensual.

Por otro lado, ARCA afirmó que se encuentra en proceso de reintegrar las percepciones aplicadas bajo la Resolución General N° 4815/2020 hasta el año 2023 inclusive. Se estima que la totalidad de las devoluciones se completarán en marzo de 2025, según señaló un comunicado de la agencia.

Hasta el momento, se reintegró a 135.000 CUITs por un total de $60.000 millones, indicó ARCA.

Principales puntos de la resolución

La Resolución 5617/2024 surge en el contexto del fin del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), cuya vigencia expira el 22 de diciembre de 2024. A pesar de ello, la ARCA decidió mantener el régimen de percepción con modificaciones para ajustarlo a las necesidades actuales del sistema tributario.

¿Qué operaciones están alcanzadas?

1. Compra de moneda extranjera: para atesoramiento o pago de importaciones de mercaderías específicas.

2. Pagos en el exterior: realizados con tarjetas de crédito, débito u otros medios equivalentes.

3. Servicios contratados en el exterior: incluye servicios adquiridos mediante agencias de viajes y turismo.

4. Servicios de transporte internacional: aéreo, terrestre y acuático.

Operaciones excluidas

  • Gastos en salud, medicamentos y educación.
  • Adquisiciones para investigación estatal o universitaria.
  • Transporte terrestre hacia países limítrofes.

Detalles sobre sujetos alcanzados y agentes de percepción

Sujetos alcanzados: Personas humanas y jurídicas residentes en Argentina que realicen las operaciones mencionadas.

Exclusiones: Entidades diplomáticas y organismos internacionales, así como entidades estatales con exención vigente.

Agentes de percepción

  • Entidades financieras para operaciones de cambio.
  • Agencias de viajes para servicios contratados.
  • Empresas de transporte para operaciones internacionales.

Alícuotas y procedimiento de percepción

La percepción se calculará aplicando una alícuota del 30% sobre el monto total de cada operación alcanzada. Para transacciones en moneda extranjera, se utilizará el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina.

Las percepciones serán consideradas pagos a cuenta del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los Bienes Personales, dependiendo de la situación fiscal del contribuyente.

Procedimiento de devolución

Para aquellos que no sean contribuyentes de los impuestos mencionados, se habilitará un procedimiento de devolución a través del portal de ARCA. Entre los requisitos están:

- Tener CUIT y Clave Fiscal.

- Informar una cuenta bancaria para acreditar los montos.

- Contar con la documentación que justifique las percepciones sufridas.

Mercaderías alcanzadas

- Automóviles y motocicletas de alta gama.

- Bebidas alcohólicas premium.

- Equipos como máquinas de minería de criptomonedas.

Servicios alcanzados

  • Mantenimiento y Reparaciones
  • Servicios Postales y de Mensajería
  • Servicios de Construcción
  • Primas de Seguro
  • Siniestros
  • Servicios Auxiliares de Seguros
  • Servicios Financieros
  • Servicios de Telecomunicaciones
  • Servicios de Informática
  • Servicios de Información
  • Cargos por el uso de la Propiedad Intelectual
  • Servicios de Investigación y Desarrollo
  • Servicios Jurídicos, Contables y Gerenciales
  • Servicios de Publicidad, Investigación de Mercado y Encuestas de Opinión Pública
  • Servicios Arquitectónicos, de Ingeniería y otros Servicios Técnicos
  • Servicios de Arrendamiento Operativo
  • Servicios Relacionados con el Comercio
  • Otros Servicios Empresariales
  • Servicios Audiovisuales y Conexos

Con información de NA.

IG/JJD

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