La Casación sobreseyó a Cristina y al resto de los imputados por Dólar Futuro
La Cámara Federal de Casación falló este martes a favor de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en el caso Dólar Futuro y sobreseyó a la expresidenta y al resto de los procesados, entre ellos, al gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, según el fallo publicado en el Centro de Información judicial (CIJ).
Los jueces de la Sala I del máximo tribunal federal penal, Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa, debían definir si la causa llegaba a juicio oral por presunta administración fraudulenta en perjuicio a la Administración Pública o era archivada antes del inicio del proceso. En el fallo, sostienen que la maniobra investigada respondió a una cuestión política y no delictiva.
El fiscal de Casación que interviene en el caso, Raúl Pleé, quien había planteado ante el tribunal que el juicio debía llevarse adelante, podrá apelar la decisión de los magistrados ante la Corte Suprema para que el máximo tribunal revise nuevamente la decisión de sobreseerlos y anular el juicio.
No es posible atribuir responsabilidad penal respecto de ningún resultado.
El caso
Por este caso, también habían sido enviados a juicio el gobernador Kicillof y el extitular de la Anses y expresidente del Banco Central, Alejandro Vanoli, quienes recurrieron a Casación para solicitar sus sobreseimientos. También está imputado el actual presidente del BCRA, Miguel Pesce, quien se desempeñó como vicepresidente del Central durante la gestión de Vanoli. Además, hay unos diez exdirectores del organismo acusados.
El juicio, que no tiene fecha de inicio, debe determinar si la exmandataria y parte de su gabinete cometieron ilícitos durante la venta de dólar futuro en 2015, justo antes del cambio de gobierno.
Dólar Futuro no sólo es un leading case en materia de lawfare sino también de la intromisión y manipulación del Poder Judicial en los procesos electorales y de la política en general.
El fallecido juez Claudio Bonadio sostuvo que la operatoria consistió en una supuesta administración abusiva o infiel que derivó en una defraudación a la administración pública. Tras la derrota electoral, el Banco Central había vendido dólares a un precio menor que el del mercado que, post devaluación durante la gestión de Cambiemos, significó tener que hacer frente a pagos millonarios para la administración de Macri, según la causa.
Las defensas vienen solicitando los sobreseimientos anticipados por inexistencia de delito, primero ante el Tribunal Oral Federal número 1. Ante el rechazo de dos de sus integrantes, acudieron a la Casación, que revisa las decisiones de los tribunales de juicio.
Tres opciones
Los jueces de la Casación tenían tres opciones, según explicaron altas fuentes del tribunal a elDiarioAR:
- ordenar que sea el Tribunal Oral Federal número 1 el que analice nuevamente el pedido de las defensas y tome la decisión de fondo: si los imputados debían o no ser sobreseídos de manera anticipada;
- sobreseer a los imputados y anular el juicio directamente por orden de la Casación;
- o rechazar el planteo de la vicepresidenta y el resto de los imputados que recurrieron al tribunal y dar lugar al inicio del juicio oral y público. Los imputados entonces debían acudir a la Corte Suprema para apelar.
Los argumentos de los jueces
En primer lugar, la Sala I debía analizar si el recurso presentado por las defensas debían o no ser admitidos por Casación, ya que en la causa no hay sentencia definitiva, un requisito legal para solicitar la revisión de los casos en este tribunal. Sin embargo, esa regla tiene excepciones planteadas en la jurisprudencia de la Corte Suprema, sostuvieron Petrone y Barroetaveña en su voto conjunto, cuando están en juego garantías procesales.
Otra cuestión a tratar era si Casación puede dictar un sobreseimiento en la etapa previa a un juicio oral. Los jueces afirmaron que sí, siempre y cuando, se haya incorporado “nuevas pruebas” que “evidencien”:
- que el imputado o los imputados obraron “en estado de inimputabilidad”;
- “que exista o sobrevenga una causa extintiva de la acción penal y para comprobarla no sea necesario el debate”;
- si “el imputado quedare exento de pena en virtud de una ley penal más benigna”;
- “o bien en virtud de alguna excepción de previo y especial pronunciamiento deducida por alguna de las partes”, como la pericia contable que la defensa de Pesce pidió incorporar en la etapa posterior a la instrucción del juez Bonadio, previa al juicio.
La medida terminó motivando la emisión de billetes y colaboró ampliamente en la inflación de 2016, sostiene la acusación.
Esa nueva prueba, una pericia llevada adelante por el Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Corte Suprema, determinó, según resalta el fallo, que “los precios a los que operó el BCRA en contratos de futuro coinciden con los que se operaron en dichos mercados” y que aquellos se celebraron “al valor que se estaba operando en la plaza local tal como lo exige” la Carta Orgánica del Banco Central.
La fiscalía de juicio sostiene que hay puntos de esta pericia que justifican la necesidad de desarrollar un juicio y debatir la prueba, según estableció el fiscal Diego Velazco ante el tribunal (ver más abajo). El fiscal Pleé acompañó su planteo ante la Casación. Sin embargo, los jueces Petrone y Barroetaveña afirmaron que “no se advierte cómo podrían atribuirse” delitos a la operatoria “cuando no hubo extralimitación en el ejercicio de las atribuciones legalmente conferidas al BCRA” (Banco Central de la República Argentina).
Se nos acusó de hacerle perder $55.000 millones al Banco Central.
“No es posible atribuir responsabilidad penal respecto de ningún resultado”, agregaron los magistrados, ya que los funcionarios y exfuncionarios actuaron, según los jueces, legitimante y “conforme a derecho”. “La maniobra que se imputa en autos, en definitiva, materializó la política monetaria que se pretendió llevar a cabo durante el período analizado y constituye, entonces, una cuestión política” y no delictiva, dice el fallo.
Para explicar también su decisión de evitar el juicio del caso Dólar Futuro, los jueces argumentaron “el principio de economía procesal y del correspondiente derecho con que cuentan las personas imputadas a obtener un pronunciamiento que ponga término del modo más rápido posible a la situación de incertidumbre”, según el fallo. “Es que se encuentra en juego el principio de celeridad, estrechamente vinculado con la garantía de obtener un pronunciamiento judicial en un plazo razonable”, agregaron.
La jueza Ana María Figueroa, también integrante de la Sala I de Casación, adhirió al voto conjunto de sus colegas y agregó que durante la instrucción de la causa “existió una gran cantidad y variedad de medidas de prueba solicitadas y reiteradas por las defensas, cuya producción fue una y otra vez denegada por” Bonadio y que muchas de esas medidas fueron realizadas luego por el tribunal oral, previo al inicio del juicio, como permite la normativa. Según la magistrada, se violó el derecho de defensa y Casación debía reparar esa falta para no prolongarla en el tiempo, es decir, hasta el final del juicio.
De acuerdo con la pericia contable, dijo Figueroa, “el resultado de pérdida puntual para las arcas del BCRA de los contratos de dólar futuro bajo estudio, no se debió a una contratación gravosa al momento de su celebración (de la medida, durante el gobierno de Fernández de Kirchner), sino a la diferencia posterior del tipo de cambio ocasionada por la devaluación dispuesta por las autoridades gubernamentales asumidas el 10 de diciembre de 2015”.
El 4 de marzo último, la propia Fernández de Kirchner protagonizó una audiencia pública vía zoom para presentar sus argumentos ante los jueces de la Sala I que terminó en un encendido alegato político, con duras críticas a los jueces, al macrismo y al Poder Judicial. “Dólar Futuro no sólo es un leading case en materia de lawfare sino también de la intromisión y manipulación del Poder Judicial en los procesos electorales y de la política en general”, dijo la exmandataria en la audiencia.
El BCRA ganó menos que el año anterior por haber tenido que afrontar los contratos de dólar futuro.
“Se nos acusó de hacerle perder $55.000 millones al Banco Central”, dijo entonces Fernández de Kirchner. “Denunciaron que desde septiembre hasta octubre (de 2015), el Banco Central venía perdiendo muchos dólares y reservas a través de un instrumento, los contratos de dólar futuro, y que a través de ese contrato mi gobierno favorecía a amigos y ocasionaba pérdida de dólares y de reservas”, repasó sobre la acusación en su contra.
“Resulta ser que no había ningún amigo de mi gobierno (entre quienes compraron) los contratos de dólar futuro. Estaban todos los amigos de quien ya era presidente de los argentinos, Mauricio Macri”, acusó entonces Fernández de Kirchner.
La pericia clave
Los argumentos de las defensas para solicitar los sobreseimientos anticipados se basan en un informe de peritos de la Corte Suprema presentado en la causa luego de que el juez Claudio Bonadio elevó el expediente a juicio oral y que, según interpretan las defensas de los acusados, sostiene que no hubo perjuicio al Estado ni comisión de delitos en la operatoria investigada por el fallecido juez.
La fiscalía de juicio sostiene que hay puntos de este informe contable que justifican la necesidad de desarrollar un juicio y debatir la prueba, según estableció el fiscal Diego Velazco ante el tribunal. “El BCRA ganó menos que el año anterior por haber tenido que afrontar los contratos de dólar futuro. La medida terminó motivando la emisión de billetes y colaboró ampliamente en la inflación de 2016, sostiene la acusación”, agregó una fuente del caso, como ya informó este medio.
Además, la fiscalía entiende que el informe de los peritos de la Corte debe ser analizado en el debate oral y público y que los expertos que lo realizaron deben declarar como testigos y explicar las conclusiones a las que llegaron. El fiscal ante la Casación Raúl Pleé, que interviene en representación del Ministerio Público Fiscal en este caso, apoyó la posición del fiscal de juicio durante la audiencia y solicitó que se fije fecha para el inicio juicio para los planteos de las defensas se resuelvan en el marco del debate oral y público.
ED
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