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ley de Seguridad Interior

Con la excusa de la “amenaza terrorista”, el Gobierno oficializó su proyecto para que los militares vuelvan a las calles

Militares en las calles, en el último 9 de julio, cuando el Gobierno armó un desfile con todas las fuerzas de seguridad.

Mauricio Caminos

5 de agosto de 2024 17:54 h

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El Gobierno oficializó su intención de que los militares vuelvan a hacer operativos callejeros y hasta puedan detener personas. Con la excusa de que actúen para evitar amenazas o repeler hechos “terroristas”, este lunes llegó al Congreso el proyecto de reforma de la ley de Seguridad Interior y que habilita a las Fuerzas Armadas a actuar fronteras adentro, rol que está vedado desde el retorno de la democracia. 

El texto es de importancia para la Casa Rosada: lleva las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y los ministros de Seguridad, Patricia Bullrich, y de Defensa, Luis Petri. Respeta a grandes rasgos un borrador que circuló la semana pasada y que ya dio cuenta elDiarioAR. Se justifica la iniciativa como “una alternativa intermedia” para que los militares apoyen a las fuerzas de seguridad sin que se requiera la declaración del estado de sitio, un extremo al que llegó –por ejemplo– Fernando de la Rúa en diciembre de 2001 y que generó una represión con casi 40 muertos.

El corazón de la reforma a la ley 24.059 tiene que ver con la modificación del artículo 27, que establece que las Fuerzas Armadas se sumen a un Comité de Crisis que ya establece la norma vigente para situaciones de emergencia, con representantes de la Nación, las fuerzas federales y de la provincia involucrada. Es lo que ocurre actualmente en Rosario a partir de la violencia del narcotráfico. La clave del cambio mileísta es la incorporación de la amenaza terrorista, a partir de la cual los militares podrían hacer patrullaje, control de personas, vehículos y edificios, y hasta detenciones. 

Dice el articulado de la reforma que propone el Gobierno: “En caso de producirse un hecho que tenga por finalidad aterrorizar a la población y dé origen a una investigación penal en el marco del artículo 41 quinquies del CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA-LEY 11.179 (T.O. 1984 actualizado), el Comité de Crisis podrá ampliar el requerimiento al MINISTERIO DE DEFENSA para que las FUERZAS ARMADAS realicen: a) patrullaje; b) control de personas y vehículos; c) operaciones de control en puestos fijos o móviles; d) control y vigilancia de instalaciones inmuebles; e) aprehensión en flagrancia”.

No ofrece la norma una explicación de qué reconoce como hecho terrorista ni con qué criterios se determinará la zona geográfica en que se aplique. La reforma conocida este lunes también habilita la represión. “En los casos en que el personal militar designado para las acciones definidas en los artículos precedentes, se viera obligado a utilizar medios materiales de coacción, deberá hacerlo de forma racional, progresiva y proporcional, agotando previamente los mecanismos de disuasión que estén a su alcance”, reza uno de los artículos. 

Una de las críticas que ya hubo de organismos de derechos humanos es la presunción de que el Gobierno puede justificar así la represión de manifestaciones, como ocurrió con los episodios violentos alrededor del Congreso cuando se votó la ley Bases en el Senado. Entonces la policía avanzó sobre los manifestantes y detuvo a una treintena, a quienes Bullrich y Milei acusaron públicamente de “terroristas”, aunque a las pocas horas muchos fueron liberados. 

El proyecto de ley aún no fue girado a ninguna comisión de Diputados, supo elDiarioAR de fuentes parlamentarias. El camino lógico sería un tratamiento inicial, al menos, en las comisiones de Seguridad Interior –conducida por José Nuñez, del PRO– y de Defensa –con Ricardo López Murphy, del bloque de Miguel Pichetto, a la cabeza–. Tampoco se sabe el apuro del Gobierno para su discusión, pero ya el oficialismo había demorado bastante para dar a conocer la iniciativa: había sido anunciada a principios de año en una conferencia conjunta entre Petri y Bullrich.

Son curiosos los fundamentos que propone el Gobierno para su aplicación. Además de considerarla una “salida intermedia (...) sin necesidad de llegar a utilizar un remedio extremo, como es la declaración de estado de sitio”, el proyecto pondera que la Constitución Nacional no inhabilita a que las FFAA actúen en seguridad interior. Tampoco plantea antecedentes como el rol protagónico que tuvieron los militares en la última dictadura o los riesgos a que se vulneren los derechos humanos. Además evita mencionar la imposibilidad de que las armas puedan seguir enfocadas en el control fronterizo.

“La Constitución Nacional no contempla -ni contempló nunca- una diferenciación entre las cuestiones de Seguridad Interior y las de la Defensa Nacional, ni contiene limitaciones, reparos o divisiones con respecto a la actuación de las FFAA”, fundamenta la iniciativa. Sí reconoce que es la ley de Seguridad Interior la que limita el accionar de los militares, modificaciones fruto del consenso democrático post-dictadura (la ley 24.059 se sancionó en 1991). 

Otro de los justificaciones es que hay otros países donde las fuerzas armadas “se encuentran habilitadas a intervenir en la lucha contra el terrorismo”. Menciona a Estados Unidos, Francia, Alemania, Gran Bretaña, Israel, Turquía, India, España y Australia. En el borrador de la semana pasada el texto tomaba como ejemplos la militarización en Colombia, Brasil, Uruguay y México, sin contemplar cómo son las situaciones particulares en dichos países. 

“La amenaza del terrorismo es -sin dudas- uno de los principales desafíos para la Seguridad y Defensa en el siglo XXI, poniendo en peligro la existencia misma del Estado y sus intereses vitales”, reza el proyecto en sus fundamentos y plantea como justificativo para la reforma: “En esta lucha es imprescindible contar con un enfoque integral que combine medidas preventivas, proactivas y disuasorias, nuevos marcos normativos, el fortalecimiento de los sistemas de inteligencia y la cooperación internacional en la prevención y represión del terrorismo”. Y sin mencionarlo explícitamente, en los fundamentos se señala que el país “ha sido víctima en dos oportunidades del flagelo del terrorismo”, por los atentados de la Embajada de Israel y de la AMIA. 

MC/MG

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