Vuelven los cruceros en octubre: protocolos y requisitos para viajar
Según la Decisión Administrativa 834/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, los cruceros volverán a funcionar a partir del 20 de octubre. El objetivo de la medida del Ministerio de Desarrollo Social y del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación es reactivar el turismo, así como los rubros ligados a ese sector.
El documento aclara que el retorno de esta actividad se desarrollará teniendo en cuenta los protocolos sanitarios vigentes para transporte fluvial y marítimo, y que la Argentina sigue las recomendaciones sanitarias de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para viajes internacionales.
Cada gobierno provincial y/o autoridad nacional deberá aprobar los cronogramas de operaciones de las autoridades portuarias de sus respectivas jurisdicciones; dichos cronogramas deberán incluir un plan de contingencia local en materia sanitaria.
Requisitos para viajar
Tanto la tripulación como los turistas deberán cumplir con los siguientes trámites y reglamentaciones:
- Cuestionario de la Declaración de Salud del Viajero y control de temperatura.
- Test de PCR en un máximo de 72h antes de embarcar
- Registro de síntomas
- Días de aislamiento previo al embarque, para personas que provengan del extranjero
- Vacunación con esquema completo, finalizado al menos 21 días antes de viajar
- Se aceptarán vacunas aprobadas por la OMS, por Argentina o por el país de origen; se deberá acreditar la vacunación con certificados oficiales
- Seguro por COVID-19 y seguro por fallecimiento que incluya aislamiento, traslado, internación y repatriación
Protocolos en cruceros y terminales
- Las empresas deben prever el cupo máximo de pasajeros a bordo según la capacidad de carga del buque, garantizando un distanciamiento social de 2 metros
- Las empresas deben ser flexibles en las reprogramaciones de viajes, según la situación epidemiológica en partida y destino
- Es obligatorio realizar la desinfección de los buques y de terminales siguiendo las recomendaciones sanitarias vigentes
- Se debe garantizar la ventilación en los espacios cerrados del buque, para que siempre haya 100% de intercambio de aire fresco
- Uso de barbijo obligatorio, tanto para huéspedes como tripulantes
- La empresa de cruceros tiene que contar con un servicio médico a bordo
- La ocupación es de 1 persona cada 2 metros cuadrados de espacio circulable
- Se recomienda la modalidad de reserva o de turnos prefijados en salas de reunión, teatros, restaurantes, vestuarios y otros espacios de alta circulación
- Las terminales deben contar con protocolos de limpieza y desinfección, sistemas de información a los pasajeros, zona sanitaria de embarque, chequeos de salud y control de temperatura
- Las terminales portuarias tienen que implementar un plan de contingencia ante la detección de un caso sospechoso de COVID-19
- Las empresas tienen que ocuparse del traslado de turistas extranjeros, desde que ingresan al país hasta que arriban al puerto, bajo la modalidad “burbuja”
- La llegada al puerto en “burbujas de pasajeros” deberá gestionarse con margen de horarios de embarque y desembarque diferenciados.
MGF
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