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Caso Báez Sosa
Los abogados de los padres de Báez Sosa apelaron la pena de 15 años de cárcel para tres de los condenados

Graciela Sosa y Silvino Báez, los padres de Fernando Báez Sosa, durante la jornada del 25 de enero de 2023, escuchan los alegatos de la fiscalía y la querella a cargo de Fernando Burlando.

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Los abogados que representan a los padres de Fernando Báez Sosa, el joven de 18 años asesinado a golpes en Villa Gesell en enero del 2020, apelaron ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense el fallo que declaró partícipes secundarios de homicidio doblemente agravado a tres de los jóvenes sometidos a juicio, quienes recibieron una pena de 15 años de cárcel. Consideran que fueron coautores del hecho, por lo que deben ser castigados con prisión perpetua, como los restantes cinco condenados.

El recurso de apelación fue presentado por los abogados Fernando Burlando, Fabián Améndola, Facundo Améndola y Germán Facio, los apoderados de Silvino Báez y María Graciela Sosa Osorio, en su carácter de particulares damnificados.

Al igual que los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García, quienes llevaron adelante la acusación ante el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Dolores, los letrados consideraron que los ocho acusados fueron coautores del delito de “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, en concurso ideal con lesiones leves”, por lo que deben recibir la máxima pena.

La apelación es contra la decisión de los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lázzari y Christian Rabaia del 6 de febrero pasado, donde condenaron a Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23) y Lucas Pertossi (24) a 15 años de cárcel como partícipes secundarios del homicidio. Por su parte, Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (23), Matías Benicelli (23), Luciano (21) y Ciro Pertossi (22) recibieron la pena de prisión perpetua por la coautoría del asesinato cometido en la puerta del boliche Le Brique.

Al justificar la apelación, se consideró un “absurdo” o una “arbitrariedad” la sentencia “por carencia de logicidad en la fundamentación y falsa motivación en la determinación del momento en el que se verifica el dolo homicida”, al igual que en la “selección y valoración de la prueba para entender como secundaria la participación de los condenados” en referencia a tres de los condenados. Mencionaron también una “errónea aplicación de un precepto legal: concretamente al entender como secundaria la participación de los condenados”.

Por lo tanto, los representantes de los particulares damnificados pidieron a Casación que revoque la sentencia dictada en esos tres casos, al calificar como “incoherente” la conclusión del tribunal sobre que esos tres jóvenes fueron partícipes secundarios y no autores del crimen.

Además, sostuvieron que “sin ningún tipo de fundamento, sin exponer el íter por el que llega a una conclusión totalmente arbitraria” el Tribunal “hace coincidir la aparición del dolo homicida con el momento en que Fernando Báez Sosa queda de rodillas e indefenso en el suelo”, sin “analizar si quiera mínimamente una pluralidad de indicios con los que se demuestra que el dolo homicida tuvo su génesis antes del inicio del ataque”.

“En ningún momento explica el Tribunal cómo es que llega a concluir que el plan inicial incluía solamente atacar a golpes a Fernando Báez Sosa y no, como entendemos desde la acusación, causarle la muerte”, añadieron. Para Burlando y el resto del equipo, Viollaz, Cinalli y Lucas Pertossi “aprovechando el estado de indefensión en el que luego de los dos primeros golpes quedó la víctima, con claras intenciones de acabar con su vida, continuaron formando parte del grupo que agredía a Fernando Báez Sosa en forma brutal y con el inequívoco propósito de llevarse su vida como trofeo”.

Puntualmente sobre Viollaz, los abogados dijeron que fue quien “dio la orden para el inicio de la agresión y participó de la misma, en un primer término agrediendo a Fernando y posteriormente a los amigos de la víctima que intentaron auxiliarlo, de esta forma impidiendo cualquier tipo de ayuda a la misma, impidiendo cualquier intento de fuga de Báez Sosa y asegurando de esta forma el resultado muerte”.

En cuanto a Lucas Pertossi, recordaron que, tras el ataque, “envía un audio al grupo de WhatsApp que mantiene con los imputados donde dice 'amigo estoy acá cerca de donde está el pibe y están todos ahí a los gritos, está la policía, llamaron a la ambulancia, caducó”, en clara referencia a Báez Sosa como único destinatario de la agresión.

Por último, al referirse a Cinalli, los querellantes destacaron que, “bajo la uña del dedo meñique de la mano izquierda de Fernando, se encontró ADN” de Fernando, lo que es “una muestra clara de que tuvo contacto directo con la víctima”.

El de los particulares damnificados es el último recurso de apelación al fallo del TOC 1 de Dolores, ya que a fines de la semana pasada fue presentado el de la fiscalía y ayer el del defensor de los ocho condenados, quien insistió con distintos planteos de nulidad y pidió que se aplique la figura del “homicidio en riña” para los ocho sentenciados.

LC con información de agencia Télam

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