Un juez resolvió que los presos de Mendoza ya no podrán tener celulares en las cárceles
Un juez mendocino resolvió que los presos alojados en penales provinciales no podrán acceder a teléfonos celulares dentro de las cárceles, debido a que finalizó la emergencia sanitario que lo habilitaba en el 2020 a partir de la cuarentena ordenada por la pandemia del coronavirus, informaron fuentes judiciales.
Se trata del juez Sebastián Sarmiento quien, además, dispuso que las mujeres privadas de su libertad sean las únicas que seguirán con dicho beneficio, para facilitarles la comunicación con sus hijos.
La decisión ya fue comunicada hoy al Ministerio Público Fiscal, al Servicio Penitenciario y a la ONG Defensora General que apoyaba la continuidad del uso de los teléfonos.
Sarmiento fundamentó su decisión de eliminar la utilización de celulares en que “se ha superado el estado de emergencia sanitaria a nivel global, tal como lo ha resuelto la Organización Mundial de la Salud (OMS)”.
El planteo había surgido a fines del 2023 dado que el 31 de diciembre tenía fin el decreto del ex presidente Alberto Fernández sobre la tenencia autorizada de teléfonos celulares dentro de los penales debido a la pandemia y el aislamiento social obligatorio, por lo cual los internos no podían recibir visitas.
Ante esto, el juez Sarmiento emitió el primer día de este 2024 una prórroga por 10 días y convocó a una audiencia con diferentes actores sobre el tema, quienes expusieron su posición.
Desde el Ministerio Público Fiscal provincial y el Servicio Penitenciario mendocino se opusieron a la continuidad del beneficio e indicaron que tenía que volver a aplicarse la ley vigente.
Los argumentos de quienes están a favor de continuar con el uso se sostienen en que la utilización de celulares es un derecho humano básico que deben tener todas las personas.
En esa postura se centraron la Defensoría General de la provincia, representada en la audiencia por Rafael Manzur; el Procurador de las Personas Privadas de Libertad, Luis Romero; también la Dirección de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia de la Suprema Corte de Justicia.
Según el dictamen, el plazo de retiro efectivo debería “no ser menor a los seis meses, debiendo notificar con una debida anticipación a las personas privadas de la libertad”.
Sarmiento dejó en claro que el Servicio Penitenciario “sólo podrá retirar los equipos de telefonía celular en aquellos sectores donde se le garanticen una frecuencia de visitas igual a que le se venía usufructuando, previa al inicio de la pandemia en el año 2020”.
MM
Con información de la agencia Télam.
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