Revocan el fallo que benefició a Blaquier en el juicio por lesa humanidad
Con dos votos contra uno, la sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó la suspensión del proceso respecto de Carlos Pedro Tadeo Blaquier, acusado de haber sido partícipe del secuestro de personas en 1976 en Libertador General San Martín, sede de su empresa Ledesma, durante la llamada Noche del Apagón. Al anular el fallo del Tribunal Oral Federal de Jujuy –que en abril había beneficiado al dueño del poderoso ingenio azucarero por entender que no estaba en condiciones de salud mental para ser sometido a juicio– los jueces de Casación se expidieron en sintonía con el dictamen del fiscal ante ese Tribunal, Javier De Luca, publicado por elDiarioAr. Además, los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo, con la disidencia de Guillermo Yacobucci, remitieron el expediente al TOF jujeño para que Blaquier sea sometido a diferentes análisis médicos con el objetivo de determinar si está en condiciones de ir al debate, y dicte una nueva resolución.
Apagones de lesa humanidad
La noche del 27 de julio de 1976 se cortó la luz en el departamento de Libertador General San Martín, más conocido como Ledesma. Fue el primer corte de energía eléctrica a la medianoche en forma simultánea y abarcó también las localidades jujeñas de Calilegua y El Talar. Sus habitantes pensaron que se trataba de un desperfecto energético, pero con la oscuridad llegó el terror. “Cuando nos pararon nos rodearon inmediatamente. A mí me tomaron de un brazo y del otro, nos tiraron al piso, nos empezaron a atar las manos a mi hermana y a mí. Mi hermana gritaba, lloraba, estaba con un ataque de nervios. Nos llevaron en los camiones de Ledesma. De la comisaría de Calilegua nos llevan a todos los detenidos a la gendarmería del Ingenio Ledesma”, aseguró Hilda Figueroa, ex detenida, en uno de sus testimonios de la causa en la que está imputado Blaquier y su ex capataz, Alberto Lemos. Este hecho dio inicio a una brutal represión, a partir de allí el Ejército, la Policía provincial, la Policía Federal, los gendarmes y capataces del Ingenio comenzaron a allanar, a saquear viviendas. Desplegaron un operativo intimidatorio durante los cortes de energía eléctrica que fueron desde las 22 horas hasta el amanecer.
El 24 de marzo de ese año había desaparecido Luis Arédez, intendente de Libertador General San Martín, y más de cuatro meses después, entre el 20 y el 27 de julio, la localidad quedó a oscuras en forma intencional y fueron secuestradas 400 personas, 33 de las cuales siguen desaparecidas. Olga Márquez de Arédez se puso un pañuelo blanco y comenzó a dar vueltas en la plaza del pueblo, con otras mujeres familiares de desaparecidos. Ricardo Arédez, uno de sus cuatro hijos, recuerda el logo de las camionetas durante la noche de terror, y la presencia de uno de los empleados del ingenio, Juan de la Cruz Kairuz.
La demorada hora del banquillo
Larguísimo e intrincado camino tuvieron que sortear las causas abiertas en la justicia federal por los delitos cometidos en esa provincia por estos delitos, y la referida a los responsables civiles no fue la excepción. Blaquier –de 94 años– habrá pensado en abril que se habían terminado sus problemas con la justicia, cuando el Tribunal Oral Federal de Jujuy suspendió la tramitación de la causa donde está acusado de 23 hechos de privación ilegítima de la libertad agravada. El caso llegó a instancia de Casación y fue así que el 23 de junio el fiscal ante ese tribunal Javier De Luca dictaminó que debe ser revisado aquel fallo que había determinado que Blaquier no podía ser juzgado por “incapacidad mental sobreviniente”. Lo hizo en sintonía con el dictamen de los peritos de la DATIP que desde un principio habían afirmado que el poderoso hombre de negocios estaba simulando sus padecimientos de salud, publicado por elDiarioAr.
Los jueces jujeños Gabriela Catalano y Abel Fleming –Alejandra Cataldi votó en disidencia– habían sostenido que el empresario no podía afrontar un juicio por una supuesta “incapacidad mental sobreviniente”, en base a las conclusiones del Cuerpo Médico Forense (CMF), a las que adhirieron los peritos de la querella de la secretaría de Derechos Humanos de la Nación. El fallo de Casación emitido hoy es un revés porque los vuelve a colocar en foja cero respecto de determinar si el imputado está senil o no.
A la instancia de Casación llegó el caso por la apelación que había realizado el fiscal Federico Zureta, y las querellas del Comité para la Defensa de la Salud, la Ética Profesional y los Derechos Humanos (CODESEDH) y de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH). La defensa de Blaquier presentó breves notas y solicitó que se rechacen los recursos de las partes acusadoras. A tal fin, señaló que las pericias médicas realizadas resultan suficientes para demostrar la incapacidad mental sobreviniente de su asistido. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal ante Casación, Javier De Luca, mantuvo la impugnación y pidió que se haga lugar al recurso de casación interpuesto. En lo medular, alegó que el tribunal decidió “en base a informes periciales que fueron efectuados de manera virtual y presencial, durante el mes de diciembre de 2021, los que padecen fallas metodológicas y, en especial, ello se observó en la evaluación psiquiátrica cuya conclusión fue tomada en base a una entrevista que se limitó a unos pocos minutos y que fue realizada a través de un intermediario, persona que, incluso, no había sido autorizada a participar de la evaluación por el magistrado actuante”. Agregó que los diagnósticos a los que arribaron los peritos médicos de las distintas partes resultaron contradictorios.
Del informe del CMF de la entrevista realizada el 13 de diciembre de 2021 se desprende que “a partir de los estudios y evaluaciones presentados con relación al señor Blaquier como su desempeño al momento de la evaluación pericial psicológica de CMF”, se concluye que el nombrado presenta “una afección compatible con deterioro cognitivo, en fase al menos moderada”. El 30 de diciembre, los peritos de parte de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación adhirieron a las conclusiones de las pericias médicas efectuadas por el CMF. Por su lado, los peritos de la CODESEDH y del Ministerio Público Fiscal manifestaron sus disidencias. Los peritos de parte de la fiscalía señalaron que “la entrevista se ha limitado a pocos minutos, lo cual implica la imposibilidad material, en tiempo, del análisis del caso. Esta falla metodológica, evidencia la imposibilidad de arribar a conclusiones válidas, máxime cuando el imputado, manifiesta que no colaborará en la evaluación”. De hecho, cuando le preguntaron si iba a colaborar con el peritaje, el dueño de la azucarera y papelera Ledesma respondió que no.
“De la evaluación realizada surge que Blaquier tomó decisiones, esto se refleja en la negativa a colaborar y a contestar preguntas, la comprensión de las órdenes en la pericia cardiológica, todo lo cual hace afirmar que su diagnóstico clínico es el de simulación”, escribieron los médicos consultores de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) que depende del Ministerio Público Fiscal, Luis Ohman y Claudio Capuano. “Es opinión de estos peritos psiquiátricos y clínicos que el señor Blaquier tiene un deterioro cognitivo compatible con sus 94 años, estructurados sobre la base de simulación o malingering. Sugerimos además al Tribunal que se trataría de una actitud decidida, obstinada de Blaquier, quien se encuentra en condiciones de estar en juicio en los términos de los artículos 77 y 78 del Código Procesal Penal”, dijo el Codesedh. Sin duda que este debate se habría evitado si la Corte Suprema y la propia Cámara de Casación no hubieran demorado décadas en resolver cada uno de los incidentes que tuvieron que resolver a lo largo de la historia de la causa. Sin embargo, aunque la defensa y un sector de la querella consideran que el poderoso hombre de negocios ya no está en condiciones de afrontar un juicio penal, la otra querella y la fiscalía opinan lo contrario. Ahora la pelota vuelve al TOF de Jujuy.
La traducción del fallo
“Hay que hacerle nuevos exámenes pero de una manera regular, permitiendo que el paciente sea examinado como corresponde por los psiquiatras y neurólogos, con los estudios a la vista para saber si entiende o no, y si se está haciendo el tonto o no”, explicó a elDiarioAr una fuente judicial. “Luego se hará una valoración jurídica de eso, porque en medio de un debate el imputado debe entender lo mínimo indispensable, más aún acá donde no hay gente que lo va a acusar por haberlo visto en la escena de un crimen; toda la prueba en su contra es documental, podrá dar alguna explicación o decir que no fueron así estos hechos ocurridos hace 45 años. Todo esto lo saben sus abogados, no hay inconveniente para que pueda estar en juicio. Puede sonar cruel hacer un juicio contra una persona de estas características, alguien mayor, pero no tendría por qué sufrir en el debate, incluso puede estar por Zoom. Si fuera su defensa no hubiera usado esta estrategia”, agregó.
AM/MG
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