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por el delito de trata de personas

Marcha atrás en la causa Escuela de Yoga: pasaron por alto una serie de pruebas y anulan la elevación a juicio

El allanamiento en la Escuela de Yoga de Buenos Aires fue en la noche del 12 de agosto.

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“Por fin nos escucharon. Por fin dejaron de criminalizar nuestras vidas y piden tener en cuenta las pericias a las que nos sometimos durante seis meses”, dice a elDiarioAR una exalumna de la Escuela de Yoga de Buenos Aires (EYBA). A ella y a otras ocho mujeres, todas mayores de edad, la Justicia las señala como “víctimas de una organización de trata de personas con fines de explotación sexual”. Por ese delito, sumado al de lavado de activos y asociación ilícita, el juez Ariel Lijo imputó a 17 personas que estuvieron a punto de ir a juicio hasta ayer, cuando la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal porteña devolvió el expediente. Considera que no se han tenido en cuenta las pruebas que indican que no existen indicios de captación y esclavitud con fines sexuales.

Carolina -así la llamaremos porque pidió reserva de su identidad- se sometió, al igual que el resto de sus compañeras, a una serie de pericias que arrancaron unos días después de las detenciones en el marco de la causa. Durante seis meses las nueve mujeres a las que según los investigadores las obligaban a ofrecer sexo a cambio de dinero -dinero que terminaba en las arcas de EYBA- se sometieron a entrevistas en Cámara Gesell, pericias psicológicas y psiquiátricas. Las pericias estuvieron a cargo de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), los peritos de parte y del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de la Justicia de la Nación. Ninguna de ellas se percibió como víctima de trata de personas para explotación sexual, al punto que denunciaron a los fiscales que las consideraron de esa manera. Y ningún informe remitido al juzgado de Lijo da cuenta de signos que tengan que ver con la captación y retención. Se remarca, en cambio, que se trata de mujeres adultas con libre autodeterminación.

La Cámara, la misma que había ordenado las pericias, consideró que los informes no pudieron ser rebatidos por las defensas durante la etapa de instrucción porque no se tuvieron en cuenta en la requisitoria de elevación a juicio. Por lo tanto, pidió que se anule el juicio oral y público previsto, sin fecha confirmada pero con el Tribunal sorteado. El fallo lleva la firma de los jueces Martín Irurzun y Roberto Boico, y la disidencia del juez Eduardo Farah que, directamente, postuló el sobreseimiento de los acusados. Así, el expediente vuelve a su lugar de origen, el despacho de Lijo, como si volviera a estar en la etapa de recolección de pruebas para sostener la acusación inicial: asociación ilícita, lavado de activos, trata de personas con fines de explotación sexual.

Carolina, al teléfono con elDiarioAR, celebra que la Cámara haya advertido que el juez que investiga a EYBA y el fiscal que elevó la causa a juicio, “hayan leído las pericias”. Durante este tiempo, más de un año, las mujeres trabajaron en equipo, redactando escritos para presentarlos en la Justicia. Y hablaron a los jueces de la Cámara: “Nosotras estuvimos presente en las audiencias y hablamos, tuvimos nuestro tiempo para exponer ante los tres jueces. Hablamos nosotras mismas, fue nuestra voz”.

Hasta que la Escuela de Yoga de Buenos Aires funcionó con normalidad, Carolina trabajó en una de las inmobiliarias a través de la cual, según la investigación, la organización lavaba plata. No puede estar en contacto con los procesados, así que tuvo que dejar la inmobiliaria y buscarse otro trabajo. Carolina entró en EYBA siendo una adolescente. Allí se hizo amigos, viajó, festejó cumpleaños. Llegó a la jerarquía “Aspirante a 6”, cuatro escalones antes que el máximo nivel, “Formal 7”. 

Según la causa, ella era “una plantita” del Departamento “Botánico”Los fiscales indican que la explotación sexual era la actividad que mayor dinero generaba para la organización. Abarcaba la Argentina y las ciudades de Nueva York, Chicago, Las Vegas y Londres, donde EYBA tenía filiales. Susana Mendelievich -alias Mendy- y Marcela Arguello, -alias Oscar- estaban a cargo. Entre las pruebas que acreditarían el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, están las fichas. Cada cliente tenía una ficha. Según una de esas fichas, el cliente de Carolina era “Robert”. Y Robert aportó US$427.000 a EYBA. Carolina asegura no tener idea de quién confeccionó esas fichas. Insiste, en cambio, en que nunca ofreció servicios sexuales a cambio de dinero.

Las conclusiones de la evaluación psiquiátrica y psicológica que le realizaron a Carolina dicen: “Percibe, piensa y discrimina con claridad. Adecuada diferenciación fantasía-realidad. No presenta características de sumisión, dependencia emocional, labilidad o manipulación, o la asunción de un rol pasivo en sus relaciones interpersonales. No hay secuelas postraumáticas asociadas a la victimización sexual”. Firmaron en conformidad los cuatro peritos de la defensa y las dos del Ministerio Público Fiscal, aunque se reservaron el derecho de ampliar.

Tampoco se detectaron indicadores compatibles con el delito de trata con fines de explotación sexuales en el resto de los informes que atañen al resto de las ex alumnas. No hay traumas relacionados por el sometimiento o esclavización sexual, o indicadores de trastornos en la esfera psicosexual. Tampoco se evidenciaron características de sumisión, dependencia emocional, labilidad o manipulación, o la asunción de un rol pasivo en las relaciones interpersonales.

VDM/DTC

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